Solo para jubilados: extienden el pago anual de impuestos municipales
La medida, dispuesta por la Dirección General de Rentas de la Municipalidad, rige para los contribuyentes jubilados que cuenten con el beneficio del 50% de descuento por el pago anual.
La Municipalidad dispuso diferir la fecha del pago anual de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario hasta el 31 de julio de 2017 para los jubilados que cuenten con el beneficio del 50% de descuento y que realicen la tramitación por primera vez.
Así lo determinó la Dirección General de Rentas de la Municipalidad a través de la Resolución General N°005/2017, con fecha del 20 de marzo, en la que se indica que a raíz de numerosas presentaciones de contribuyentes jubilados encuadrados en la Ordenanza 12.696, se resolvió diferir la fecha de pago de ambos tributos hasta el 31 de julio.
Se recuerda que mediante la Ordenanza 12.696/06 se dispone una reducción del 50% para el pago de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario, que incide sobre las propiedades de contribuyentes jubilados que sean titulares de una única vivienda y que no resulten alcanzados por el beneficio de la exención total.