Reglamentaron la ordenanza que prohíbe la venta y la utilización de pirotecnia
El intendente capitalino, Gustavo Sáenz, firmó esta mañana el decreto municipal. Desde la comuna trabajan para que los municipios vecinos se sumen a la iniciativa y también en campañas de concientización.
El intendente de Salta, Gustavo Sáenz, firmó el decreto municipal Nº 0797/17, que reglamenta la ordenanza que prevé la prohibición de la venta, utilización o tenencia de los artificios pirotécnicos. Ya en junio del año pasado, el jefe comunal había promulgado la ordenanza que fue aprobada en mayo de este año por el Concejo Deliberante.
En su artículo primero, establece que quedan incluidos en las disposiciones del artículo 25 de la Ordenanza Nº 11.666, modificada por Ordenanza 15.280, los artificios pirotécnicos cuya venta, utilización, tenencia y/o fabricación en locales habilitados que reúnan las siguientes características: morteros y bombas de estruendo que excedan de 2.
“Tenemos que ser conscientes de que cuando arrojamos estos artefactos generamos un gran daño en mucha gente, como las personas con autismo o problemas en el sistema nervioso, en los ancianos, personas hospitalizadas, niños recién nacidos, trastornos en familias con mascotas, etcétera,” dijo.
Además, el Intendente llamó a los vecinos de la ciudad a expresarse de maneras que no dañen al otro. Por último, comentó que desde la comuna trabajan para que los municipios vecinos se sumen a esta iniciativa y también en fuertes en campañas de concientización.