Concejales investigan el impacto ambiental de la obra Plan Área Centro
Ayer por la tarde, aprobaron una solicitud de informe para que el Ejecutivo Municipal remita copias del estudio realizado correspondiente a la segunda etapa que se ejecuta. La iniciativa fue impulsada sobre tablas por el concejal Santiago Alurralde.
El concejal Santiago Alurralde es autor de un Proyecto de Solicitud de Informe que obtuvo tratamiento Sobre Tablas y el acompañamiento por parte de sus pares. El texto sancionado requiere al Ejecutivo Municipal que, a través del área competente, remita en un plazo de 15 días copias del estudio de impacto ambiental y social correspondientes a la segunda etapa de la obra “Plan Área Centro", previsto por el art. 44 de la Ley 7070.
En su defecto, la municipalidad de Salta también puede enviar una copia de la declaración jurada de aptitud ambiental previsto por el art 45 o del certificado de aptitud ambiental previsto por el art. 46 de la mencionada normativa o, en su caso, los dictámenes técnicos que hubiese emitido la autoridad provincial en conformidad con lo previsto por el art 39 y copias de los expedientes administrativos en donde hubiesen tramitado tales instrumentos.
En el segundo apartado de la iniciativa se requiere que informe si durante la ejecución de la segunda etapa de la obra Plan Área Centro está prevista la preservación, ante eventuales hallazgos, de elementos de valor histórico, arqueológico o cultural. Debiendo detallar qué acciones se consideran para preservarlos; qué organismos públicos o privados especializados en la preservación del patrimonio asesoran o monitorean la ejecución de la obra.
En los Considerandos del Proyecto se consigna que la obra municipal mencionada afecta directamente el área centro de la Ciudad la cual fue declarada "Bien de Interés Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta”, por el Decreto Provincial N° 2735/09. Haciendo mención que, a los fines de garantizar la debida protección de los bienes culturales provinciales, la Ley 7070 establece que su Autoridad de Aplicación reglamentará los planes, proyectos obras y actividades que requieran de Estudios de Impacto Ambiental y Social y Declaraciones Juradas de Aptitud Ambiental.