La Conmebol no hizo lugar al pedido de Boca y sancionó a River
El Tribunal de Disciplina del organismo internacional decidió no descalificar a los dirigidos por Gallardo ni entregarle el título de la Libertadores al Xeneize. River en tanto tendrá que jugar dos partidos a puertas cerradas y pagar una multa económica.
La Conmebol confirmó que el Tribunal de Disciplina rechazó el pedido de Boca de descalificar a River y declarar al Xeneize campeón de la Copa Libertadores. Por lo tanto, a Boca le queda la instancia de reclamar al Tribunal de Apelaciones de la Conmebol y luego, de tener otro rechazo, al TAS.
El texto del fallo:
El Tribunal de Disciplina de la Conmebol, resuelve:
1º. NO HACER LUGAR a lo peticionado en la denuncia presentada por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en fecha 25 de noviembre de 2018 y su ampliación presentada en fecha 27 de noviembre de 2018.
2º. ORDENAR al Departamento de Competiciones de Clubes de la Conmebol la reprogramación del Partido Final de vuelta de la Conmebol Libertadores 2018 entre el Club Atlético River Plate vs. Club Atlético Boca Juniors.
3º. NOTIFICAR al Club Atlético Boca Juniors, Club Atlético River Plate y al Departamento de Competiciones de Clubes de la Conmebol.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de siete días corridos desde el día siguiente a la notificación del presente fallo puesto que el mismo ya ha sido notificado con sus fundamentos. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la Conmebol. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la Conmebol, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.
Además, impuso que River Plate no podrá jugar los dos próximos partidos como local en competiciones oficiales organizadas por Conmebol con público, es decir, tendrá que hacerlo a puertas cerradas, además de una multa por USD 400.000
El fallo completo:
El Tribunal de Disciplina de la Conmebol, resuelve:
1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una sanción consistente en jugar sus próximos 2 (dos) partidos como local en competiciones oficiales organizadas por la CONMEBOL a puertas cerradas. Esta sanción iniciará su vigencia a partir del año 2019. En consecuencia, única y exclusivamente podrán acceder al estadio las siguientes personas o grupos de personas:
a) Un máximo de 70 (setenta) miembros de la delegación del CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE, incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.
b) Un máximo de 20 (veinte) personas en su condición de directivos o miembros de la Asociación del Fútbol Argentino.
c) Periodistas acreditados, siempre y cuando la lista de acreditaciones con los detalles y la identidad de los periodistas haya sido entregada al Delegado de la CONMEBOL con al menos 24 (veinticuatro) horas de antelación a la hora de inicio del partido. Los periodistas deben realizar su trabajo en los lugares habituales de labor.
d) Personal técnico encargado de la transmisión televisiva del encuentro.
e) 12 (doce) Pasapelotas.
f) Policías y empleados de seguridad que tengan asignadas tareas específicas en relación con la seguridad del partido.
g) Personas que desempeñan funciones en relación con la infraestructura del estadio (iluminación, limpieza, etc.)
h) La delegación de los equipos visitantes hasta un máximo de 70 personas incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.
2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de USD 400.000 (CUATROCIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.
3º. NOTIFICAR, al Club Atlético River Plate y a la Dirección de Competiciones de Clubes de la
CONMEBOL.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de siete días corridos desde día el siguiente a la notificación de la decisión con fundamentos. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.