Legislativa 01/08/2019

Una institución educativa fue exceptuada de contar con el plano de arquitectura

Se trata del Instituto Superior de Educación Profesional que no cumple con el retiro de fondo que determina la ley de edificación. La institución comenzó a brindar cursos pero no podía otorgar los certificados a sus alumnos por no contar con la aprobación de la obra.

Instituto Superior de Educación Profesional

En la Sesión Ordinaria de la ayer, los concejales sancionaron un Proyecto de Ordenanza en respuesta a un expediente presentado por el Instituto Superior de Educación Profesional. El texto de la iniciativa dispone exceptuar de lo establecido en el Anexo 5.1 de la Ordenanza Nº 13.779 y modificatorias, Código de Planeamiento Urbano Ambiental y del artículo 68 de la Ordenanza Nº 13.778 y modificatorias, Código de Edificación, al plano de relevamiento de arquitectura correspondiente a la mencionada institución.

Previo a llegar al Recinto de deliberaciones, la iniciativa fue analizada en las Comisiones de Legislación General y de Obras Públicas y Urbanismo, en donde obtuvo el visto bueno de los ediles.





Fue el presidente de este último espacio de trabajo, concejal Alberto Castillo (PRO), quien argumentó el acompañamiento otorgado por el cuerpo en la sanción de la Ordenanza. “Este Instituto tenía un inconveniente para la aprobación de sus planos porque no contaba con el retiro de fondo suficiente. Eso, a su vez, les imposibilitaba lograr la aprobación del plan de educación completo, ya que para conseguirlo toda institución educativa tiene que tener la documentación al día y en orden”, explicó.

Luego el edil se refirió a cómo impactaría la medida en la comunidad educativa que asiste a dicho establecimiento. Al respecto consignó: “Del análisis y observación que hicimos en las Comisiones respectivas, vimos que darle la excepción beneficiaba a los estudiantes, porque de lo contrario no iban a poder tener sus títulos, al verse el instituto imposibilitado de ser oficializado”.

No cumplía con un retiro de fondo que determina la ley de edificación, y que sólo permite una galería. En este caso es una galería vidriada tipo aula. Se observó que no es ningún tipo de construcción que ponga en peligro la estructura edilicia. La institución cumple con todos los demás requisitos, pero faltaba que se aprobara esto para que se la habilitara como institución porque ya estaba dando cursos y no podía otorgar los certificados.