Un debate que se reaviva: ¿cuándo es “legítima defensa”?
Betty Saravia, acusada del homicidio de su pareja, fue absuelta por el beneficio de la duda. Para la defensa, tuvo que optar por su integridad física. Pero para la fiscalía no se acreditó una situación de emergencia que legitime el hecho de matar a otra persona.
El caso de Betty Saravia, quien fue absuelta por el beneficio de la duda del delito del homicidio de su pareja Leonardo López en el año 2018, reavivó un viejo debate: ¿Cuándo es legítima defensa?
En InformateSalta por Multivisión Federal, Martín Plaza Schaefer, abogado defensor, manifestó que Betty actuó en legítima defensa justamente priorizando su integridad física. “Él la hizo inhalar gas, la tiró contra el piso, y la empezó a ahorcar, intentó sacarlo de encima con la tabla y no pudo, y a partir de ahí encuentra este cuchillo de cocina y se lo inserta en el abdomen, y muere dos meses después”.
“Ella no quería matarlo, solamente quería respirar y cuidar la integridad de ella y de su hija”
El letrado insistió en que Betty hizo tres denuncias en las cuales manifestó tener miedo y que su vida corría peligro, a la vez que solicitó un botón antipático y la única respuesta del Estado fue hacer oídos sordos. “No le brindaron ninguna herramienta necesaria para contenerla”.
Además aseguró que ella sufrió amenazas para no contar lo que sucedió desde un primer momento. “Luis (la víctima) durante los dos meses que estuvo internado la amenazó a ella, que no se le ocurra decir lo que pasó, que a él lo iban a tildar de maricón en el barrio”, manifestó.
“Si Betty no se hubiera defendido hoy sería una estadística más”
Por su parte, el fiscal penal, Ramiro Ramos Ossorio, quien oportunamente solicitó una condena de 9 años, manifestó que la legítima defensa prevé una emergencia que legitime el hecho de matar a otra persona, situación que entendieron no fue acreditada. “La señora no tenía lesiones ni marcas visibles, ni en el lugar había signos de violencia o de forcejeo”
Además hizo hincapié en las múltiples versiones del hecho aportadas por la víctima. “No se encontró acreditado el hecho que manifestó sobre cómo se desenvolvieron los acontecimientos la noche en la que se produjo el hecho y esto con base en diferentes declaraciones que ella fue sistemáticamente modificando y que tampoco nos permitían tener certezas, sobre cómo pudo haber ocurrido con seguridad ese hecho”.
“Ella dijo que era ajena al hecho, y que lo habían cometido otras personas”
Por último, manifestó que la violencia está mal que sea ejercida por cualquier ser humano sea hombre, mujer, un delincuente, o un grupo de personas que se autoerigen en justicieros. “La violencia no se puede contemplar como un mecanismo ni un recurso valido solamente los hechos se puede utilizar para condenar o absolver una persona”, finalizó.