“La modificación está rodeada de exigencias legales y constitucionales”
Fueron las declaraciones realizadas por el secretario general de la Gobernación, Ramón Simón Padrós. Señaló de "teñidas de color político" a las críticas sobre las atribuciones dadas a la Policía.
El secretario general de la Gobernación, Ramiro Simón Padrós, garantizó que la modificación del Código Procesal Penal de la Provincia se sustenta en las exigencias legales, constitucionales y jurisprudenciales que rigen en el país desde antes de 2001.
Sobre los artículos que hacen alusión directa a las atribuciones dadas a la Policía de Salta, para que pueda actuar ante el microtráfico de drogas, cuestionó las críticas porque “están teñidas de color político”, ya que los cambios propuestos por el Ejecutivo y votados por diputados y senadores limitan los deberes de los efectivos ante cualquier requisa: sólo podrán actuar de manera inmediata cuando exista una causa probable de que la persona o el vehículo que se deba requisar pueda llevar algún efecto que provenga de la comisión de un delito.
Simón Padrós marcó la contradicción de quienes cuestionan la modificación del artículo 307, que hace mención a las circunstancias razonables y objetivas en las que puede realizarse una requisa, pues son los mismos que en 2011 votaron favorablemente el artículo 239, inciso h, del Código Procesal Penal otorgando a la fuerza policial atribuciones para realizar "requisas urgentes" sin la previa autorización judicial.
Desde enero de 2014 la Justicia salteña atenderá los casos derivados del microtráfico, decisión que el funcionario calificó de “trascendental”, lo que requiere de un enorme esfuerzo de logística que dé a los fiscales y jueces herramientas adecuadas para investigar y juzgar esos delitos. “Lo mismo sucede en el orden federal con la Policía Federal y la Gendarmería Nacional”, destacó Simón Padrós.
Fuente: Medios salteños