Justicia Por: InformateSalta28/02/2023

Aseguradora deberá indemnizar a un salteño por casi medio millón de pesos tras un siniestro vial

La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial revocó una sentencia de primera instancia haciendo extensiva la responsabilidad allí dispuesta a la empresa aseguradora a la totalidad de la condena, esto es la suma de 335 mil pesos a la fecha del siniestro y en forma solidaria con la demandada más los intereses respectivos. 

Los jueces Ricardo Casali Rey y Gonzalo Mariño recordaron que la demanda prosperó por el monto de 335 mil pesos comprensiva de 300 mil pesos en concepto de daño moral y 35 mil pesos por daño emergente. 

“La obligación de resarcir es una relación jurídica que se establece entre la víctima y el responsable, en razón de la ley, cuando se reúnen los requisitos o presupuestos de hecho necesarios para que ella se configure. Uno de los presupuestos básicos es el daño (material o moral), sin el cual, la obligación de reparar no nace”, citaron los jueces.

Al momento del siniestro el límite establecido por la autoridad de aplicación ascendía a los dos millones de pesos conforme lo establecido por el artículo 5 de la Resolución SSN Nº 766/2021, para los seguros de responsabilidad civil obligatorios, regulado por el artículo 68 de la Ley de Tránsito (24.449) que “sirve de parámetro claro para extender la responsabilidad al total de la condena”.