Justicia Por: InformateSalta14/04/2023

Violento hostigaba a su ex pareja, fue condenado y tendrá consigna hasta que vuelva a Buenos Aires

La mujer denunció a su expareja cinco veces. La primera fue el 23 de noviembre de 2020, cuando todavía vivían juntos. Ese día, cerca de las 11 de la noche, ella estaba en su dormitorio y él se enojó porque estaba escuchando una música que no le gustaba.

Para evitar problemas, la mujer cambió el estilo, pero él ya se había puesto agresivo, y comenzó a insultarla y a agredirla físicamente. Una de las hijas que estaba presente logró salir del lugar y pedir ayuda, por lo que llegó la policía y detuvo al acusado. 

La segunda denuncia data del 21 de febrero del 2022, cuando él se presentó en el domicilio de la víctima, donde comenzaron a discutir. Él la agredió y le rompió el celular. Dos días después fue la tercera denuncia, ya que se presentó nuevamente en su casa, a la que ingresó sin permiso para lesionarla y amenazarla. En esa ocasión intervino nuevamente su hija, que llamó a la policía, pero cuando llegaron ya se había ido. Unas horas después volvió, entró de nuevo y le rompió un vidrio con un ladrillo, para luego retirarse del lugar cuando la escuchó llamar a la policía. 

Unos meses pasaron hasta la cuarta denuncia, que tuvo lugar el 22 de julio 2022. Ese día el imputado fue a su casa de nuevo, para buscar unas remeras que había dejado allí hacía un tiempo, y allí comenzó a insultarla y a intentar ingresar a su casa. Él ya había sido notificado de la prohibición de acercamiento que se había dictado en su contra en las denuncias anteriores. 

Al día siguiente, fue la última denuncia. Él fue a la casa de la víctima con la intención de hablar, y ante la negativa de ella comenzó a amenazarla con prenderle fuego la casa. Ese día quedó detenido.

 

La jueza de Garantías 1 Ada Zunino condenó a Fernando Ariel Retamal Arévalo a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por ser autor de los delitos de desobediencia judicial y amenazas; desobediencia judicial, daños y hurto simple; desobediencia judicial (tres hechos), violación de domicilio (dos hechos), lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por constituir violencia de género, coacción y daños; desobediencia judicial y coacción, todo en concurso real.

Durante el tiempo de la condena tendrá la obligación de someterse al cuidado de la Dirección de Inserción Social y Supervisión de Liberados de Salta, fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. Además tendrá prohibido acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo y a donde concurra habitualmente en un radio de doscientos metros. Tampoco podrá ejercer actos de violencia físicos o psicológicos en su contra o de su grupo familiar, ni contactarse con ella por cualquier medio. 

No usará estupefacientes o abusará de la ingesta de bebidas alcohólicas. Tendrá la obligación de realizar un tratamiento psicológico para tratar sus conductas impulsivas y violentas, y otro para superar sus adicciones. 

En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena, que sería de cumplimiento efectivo. Finalizada la audiencia recuperó su libertad, pero se le impuso una consigna fija personal hasta el momento en que abandone la Provincia de Salta para volver a la provincia de Buenos Aires, donde tiene fijado su domicilio.