La AFIP cambio las cifras para chequear la compra venta de vehículos usados
Este viernes, se conoció que la AFIP introdujo modificaciones a las normativas que regían sobre sujetos que, en forma habitual realicen por cuenta propia o de terceros intermediación o compraventa de motos o autos usados, y sobre titulares y cotitulares de inmuebles que negocien, oferten o transfieran propiedades o derechos sobre bienes a construir.
De esta manera, el organismo conducido por Carlos Castagneto optimiza la información que recibe de parte de contribuyentes inscriptos en los regímenes de información obligatorios para estas actividades.
Las operaciones de compraventa de automotores y motovehículos usados deberán informarse al organismo a partir de 1,1 millón de pesos cuando se trate de autos y de los 450.000 pesos si se trata de motos.
En la actualidad los montos mínimos obligatorios según el régimen de información de la actividad se ubican en los 600.000 pesos y 240.000 pesos, respectivamente.
Por su parte, para los inmuebles el valor se actualiza desde los 5 millones de pesos a 9,4 millones de pesos, se precisó.