Blanqueo, bitcoin y Banco Central
El régimen de blanqueo del proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida tiene finalidad recaudatoria pero también revela un propósito cuasifiscal: incrementar las reservas del Banco Central. Es por ello que se obliga en algunos casos, y se incentiva en otros, a depositar dólares —sólo dólares— en cuentas especiales y a mantenerlos allí hasta enero de 2026 (si se mantienen en cuenta especial, se evita pagar el impuesto).
Pero sólo dólares. No bitcoin, no criptoactivos. Es más, el proyecto ni siquiera prevé que los criptoactivos puedan ser vendidos por sus titulares para depositar su producido en ese régimen de cuentas especiales, lo cual sí puede hacerse con títulos o acciones que se tengan sin declarar, en el exterior. Sin embargo el proyecto sí contempla el blanqueo de criptoactivos con el pago del correspondiente impuesto, es decir que los redactores del proyecto han asumido que es posible que existan tenencias de cripto no declaradas al fisco.
Cabe preguntarse entonces si podría el Banco Central incrementar sus reservas incorporando los criptoactivos a la finalidad cuasifiscal del blanqueo. La respuesta es afirmativa, al menos por dos vías.
La primera vía, la más obvia, es mediante la asimilación de los criptoactivos al régimen de títulos y acciones en el exterior, es decir, permitir la venta de cripto no declaradas y el depósito de su producido en dólares en cuentas especiales. Bastaría solo un retoque en el artículo 146 del proyecto, y parece claro que si el proyecto contempla favorablemente la venta de títulos y acciones en el exterior para la captación local de dólares, no hay motivo para no hacer exactamente lo mismo respecto de los criptoactivos. Al fin de cuentas, provengan de acciones, títulos o cripto, dólares son dólares.
Pero los tenedores de Bitcoin no son amigos de vender. Por algo se los denomina hodlers. Por convicción, por principios y porque, quien más quien menos, todos esperan ver multiplicada en los próximos años (nuevamente) su inversión. Nótese que he pasado ahora a referirme a Bitcoin en particular, no a otros criptoactivos de peores cualidades monetarias, porque sólo con Bitcoin se pueden plantear con máxima seguridad y previsibilidad las operaciones y coberturas que se mencionan más adelante. Entonces ¿puede el Banco Central ofrecer a los hodlers una alternativa para el depósito y mantenimiento de los Bitcoin blanqueados sin necesidad de venderlos? ¿y puede hacerlo de un modo tal que le sirva al banco para fortalecer sus reservas en divisas?
Evidentemente, si los bitcoin blanqueados quedaran depositados en cuenta non custodial (en la blockchain) del propio titular que los declara, al Banco Central no le serviría para nada. Que se mantengan en una cuenta en custodia de un exchange tampoco, porque los exchanges no siguen normas de encaje en el Banco Central y por ende sus activos no impactan en las reservas. Entonces, debemos comenzar con que los Bitcoin deberían depositarse en un banco que a su vez los encaje en el Banco Central (buen momento para recordar que en el nuevo programa liberal urge derogar la prohibición que afecta a bancos y proveedores de servicios de pago para dar servicios cripto). Alternativamente se podría prever el depósito directo en el Banco Central, o —mejor aún, ya que el Banco Central no maneja cuentas de particulares— en algún depositario especializado que sea designado para actuar en su nombre en la apertura de cuentas especiales de Bitcoin.
Así tendríamos al Banco Central con nuevas disponibilidades de bitcoin en su activo corriente, vinculados a la obligación de devolverlos a primer requerimiento si el depositante asume el pago del impuesto, o si decide aplicarlos a algunas de las inversiones admitidas, como fideicomisos de inversión productiva o fondos comunes de inversión calificados u otras que se reglamenten (posiblemente la compra o construcción de inmuebles). Pero lo más esperable es que el hodler quiera mantener el depósito hasta enero de 2026 —es la forma de conservar su inversión específica y de obtener los beneficios completos de este régimen—, con lo cual mejora en lo inmediato el capital de trabajo del Banco Central.
No hay duda de que esos bitcoin incrementan el activo de la entidad. Bitcoin es un activo de indudable calidad, que puede mostrar una historia impecable y que se viene abriendo paso decididamente en la economía tradicional. Si bien con reticencia y reservas ha sido reconocido por el Comité de Regulación Bancaria de Basilea para ser contabilizado en bancos comerciales a partir de 2025, y hasta un máximo del 1% (excepcionalmente del 2%) de su capital, y es muy posible que en pocos días lo veamos como activo subyacente de grandes ETF aprobados por la SEC.
Ahora, ¿qué podría hacer el Banco Central con los Bitcoin así recibidos en depósito? Tenerlos ya es algo. Y contabilizarlos como reserva. Si incrementan su cotización el efecto patrimonial neto es neutral, pero el valor de los activos del banco y de su capital de trabajo aumenta. Podría el Banco Central vender los Bitcoin por divisas, lo cual implicaría asumir un riesgo muy importante por el descalce y la posible volatilidad alcista del activo. Es un riesgo medianamente administrable mediante compras y ventas de futuros, y podría evaluarse asumirlo en caso de necesidad. Sobre todo si se aprueban los ETF de Bitcoin, porque eso le daría mucha más liquidez y flexibilidad a las posibles operaciones de cobertura.
Otra alternativa sería tomar créditos en dólares dando los Bitcoin como colateral. En tal caso la exposición del Banco Central sería a la baja: si el Bitcoin pierde valor debería reforzarse el colateral o perderlo. Pero en tal caso también se reduciría el valor en dólares del pasivo (los Bitcoin a devolver en 2026), por lo que en este caso la baja no conllevaría un riesgo patrimonial para el banco sino todo lo contrario. También podrían operarse los Bitcoin en protocolos de finanzas descentralizadas o DeFi: dándolos en préstamo con colateral por una pequeña tasa en Bitcoin, o tomando allí préstamos en stablecoins en dólares colateralizados, con bajas tasas de interés. Son alternativas para moverse con cautela ya que son muchos los casos de abusos tecnológicos o exploits que han logrado drenar las reservas de los smart contracts. Pero se supone también que son riesgos cada vez mejor prevenidos y administrados por los desarrolladores de estos protocolos.
Entonces, los bitcoin son activos valiosos. Las reservas estarían mejor con los Bitcoin blanqueados que sin ellos. Tanto (y eventualmente mucho más) como con los dólares que lleguen a sus reservas por depósitos especiales del blanqueo. Permitiría exponer al Banco Central a las ventajas del próximo bull run sin exponerse al riesgo que implicaría comprar Bitcoin por cuenta propia.
Es cierto que el FMI mira con desconfianza y desaconseja que los bancos centrales mantengan criptoactivos como reservas (IMF-FSB Synthesis Paper: Policies for Crypto-Assets, septiembre 2023). Pero en el caso propuesto serían reservas perfectamente calzadas, cuyo riesgo de volatilidad y pérdidas queda en los depositantes y no en el patrimonio del Banco Central. Y tal vez haya que animarse a no ser más papistas que el FMI.
En definitiva, la propuesta es posible y es conveniente. Solamente falta lo más difícil: convencer a los hodlers de creer en el Banco Central, de desprenderse por dos años de la disponibilidad inmediata y non custodial de sus preciadas tenencias.
Algunos lo podrán ver como el precio a pagar por blanquear los fondos para la compra de la Lambo. Otros, los más fundamentalistas, podrían aceptar la oferta al blanqueo como estrategia para introducir al Banco Central en el mundo Bitcoin. Un acercamiento práctico y contundente para que el mismo Banco Central se anime algún día a comprar Bitcoin por cuenta propia. Un viejo anhelo de muchos viejos hodlers.
Presidente de la ONG Bitcoin Argentina