Turismo21/11/2024

Preocupa en el sector turístico el cambio de "días no laborables" en el Calendario 2025

Hoy se conoció que el Gobierno Nacional dispuso tres días del calendario 2025 que serán no laborables con fines turísticos. El cambió de "Feriado con fines turísticos" a días no laborales, despertó polémica y preocupación a partes iguales en el sector turístico.

Con la firma del presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el Poder Ejecutivo dispuso que serán no laborables los próximos viernes 2 de mayo (posterior al día del Trabajador, 1° de mayo), viernes 15 de agosto (el 17 es feriado por el paso a la Inmortalidad del general San Martín) y viernes 21 de noviembre (el 20 es el día de la Soberanía Nacional).

Ante esto, el presidente de la Cámara de Hoteleros y Gastronómicos, Juan Lucero comentó a InformateSalta que el cambio es negativo para el sector y genera interrogantes. A pesar de esto sostuvo que "habrá que esperar a ver como es en la aplicación", pero sin duda menos gente viajará.

"Los feriados puentes ayudan a traccionar que el turismo se mueva, que la gente viaje. Realmente se siente, a todos los destinos turísticos se va a sentir y sobre todo en la actualidad dónde la gente decide viajar un fin de semana largo y quizás no tanto una quincena".

Para entender la problemática se debe repasar la Ley de Contrato de Trabajo, que establece que los días no laborables el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines. En otros términos, cada empresa tiene la facultad de darle el día libre o no a sus trabajadores. En dichos días, los trabajadores que presten servicio percibirán el salario simple, sin adicionales. Además, en el caso de que el empleador considere la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados.

En los días feriados, rigen normas legales similares a las del descanso dominical y los empleadores están obligados a darles el día libre a su planta. Hay excepciones en algunas actividades y los trabajadores que presten servicios durante un feriado deberán percibir el salario habitual más una cantidad igual, lo que generalmente se suele resumir como una paga doble.