Expulsarán a extranjeros que violen la ley de Migraciones y estén en situación irregular

Así lo resolvió la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, en una causa con condena firme por tentativa de contrabando agravado de estupefacientes destinados a la comercialización.

Justicia 25/04/2018
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El Tribunal de la Sala IV -por unanimidad- ratificó la validez constitucional de la Ley de Migraciones en cuanto regula las condiciones de expulsión de los extranjeros que se encuentren cumpliendo penas privativas de la libertad.

La Cámara rechazó un recurso de Casación de la defensa oficial de un condenado por supuesto contrabando agravado de estupefacientes destinados a la comercialización. El fallo fue firmado en unanimidad el pasado viernes por los jueces de la Sala IV.

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El tribunal ratificó la validez constitucional del artículo de la ley que regula las condiciones de expulsión de los extranjeros que se encuentren cumpliendo penas privativas de la libertad.

Para ser expulsado éste debe haber cumplido la mitad del tiempo de la condena impuesta y no tener otra causa abierta en la que interese su detención o una condena pendiente.

El extranjero tiene prohibido regresar a nuestro país hasta tanto cumpla por completo el tiempo de permanencia en el exterior fijado por el juez, que en ningún caso podrá ser inferior a 5 años y se graduará según la importancia de la causa que lo motivara.

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