Ratifican la competencia de la justicia salteña en una causa que implica a Juan Carlos Romero

El juez de Garantías de Quinta Nominación, Héctor Martínez, declaró la competencia de la justicia ordinaria en una causa por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.

Justicia 10/10/2014

La inhibición de la justicia provincial había sido requerida por el Juez Federal 2 el pasado 10 de septiembre que se declaró competente para intervenir invocando la competencia federal en razón del territorio.Se encuentran implicados en la causa Juan Carlos Romero, Juan Esteban Romero, Raúl Medina y Ricardo Funes.

El Fiscal Penal de Delitos Económicos Complejos había solicitado la remisión a juicio de la causa por negociaciones incompatibles con la función pública.

Recordó que “el Juez Federal de Salta entiende resultar competente en función del lugar, es decir, competencia federal por territorio, lo que se produce cuando el supuesto hecho criminal afecte una legislación exclusiva emanada del Congreso de la Nación”. 

El juez Martínez advirtió que “de ningún modo, el accionar descrito que constituye el sustrato fáctico de la investigación puede afectar los intereses estatales o federales, toda vez que los actos reprochados se llevaron a cabo entre la provincia de Salta en ejercicio del derecho de libre y gratuito uso, administración y goce de la parte del predio del aeropuerto de la ciudad de Salta cedido por el Estado Nacional según convenio que en tal sentido suscribieran ambos; y hemos referido que, a su vez y en consecuencia de ello, resultó concedido en comodato por la provincia de Salta a la empresa (Finca La Represa SA), por un plazo coincidente con el derecho cedido por la Nación al Estado provincial, prorrogable por igual término al de la prórroga del acuerdo que pudiera extenderse entre Nación y Provincia”.

Además puntualizó el carácter excepcional que reviste el fuero nacional: “la competencia federal, aunque improrrogable, es expresa, restrictiva y limitada” por lo que “no existen causales que ameriten su intervención, por lo que no resulta procedente la inhibición de los Tribunales del fuero penal de la justicia ordinaria de la provincia de Salta, declarando consecuentemente que corresponde continuar con la tramitación de la causa en esta sede”.

Como consecuencia de su decisión, el juez ordenó la extracción de copias y de la documentación reservada para continuar con la tramitación de la causa, elevando a su vez las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que determine el Tribunal competente.

Fuente: Parte de prensa

Te puede interesar
Lo más visto

Recibí en tu mail los títulos de cada día