El impuesto a Netflix, Spotify y otras aplicaciones: será del 8%

En el decreto de reglamentación de la ley de emergencia publicado hoy en el Boletín Oficial, se exponen hoy algunas precisiones sobre el "impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria" (PAIS), sobre el gravamen que se aplica a las compras en moneda extranjera.

Economía 28/12/2019

En el artículo 17 del decreto se establece que cuando se trate de servicios digitales, como Netflix, Spotify o Airbnb, el impuesto será del 8% y no del 30%, como aplica para el resto de los casos enumerados en la ley, como la adquisición de moneda extranjera, las compras de pasajes o gastos en el exterior, informó La Nación.

El artículo hace referencia a los servicios digitales tal como se los describe en el artículo 3° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.

Por otro lado, el decreto confirma la suspensión del impuesto del 30% sobre "la adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes". Es decir, los pasajes de avión a países vecinos seguirán incluidos dentro del régimen y tributarán el 30%.

El decreto 99/2019, publicado hoy en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Economía, Martín Guzmán, de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y de Trabajo, Claudio Moroni, establece además una alícuota diferencial de Bienes Personales para activos en el exterior, de hasta el 2,25%, y beneficios para quienes repatrien fondos.

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