Mató a una joven en 2018, le cambiaron la carátula pero cumplirá prisión perpetua

Se trata de Andre Farro, un ecuatoriano que en 2017 atacó a su pareja, causándole la muerte. Un tribunal de impugnación ahora consideró que no había convivencia entre ambos, pero mantuvo su prisión perpetua.

Justicia 11/08/2020
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Fue por diciembre del 2017 cuando InformateSalta daba a conocerla muerte de una mujer en Pichanal: Se trata de Romina Rosana Agüero, de 26 años, quien ingresó sin vida al nosocomio zonal. Su pareja de 23, ecuatoriano, dijo que se cayó en el baño y golpeó la cabeza. Ante algunos indicios en su autopsia de golpes anteriores, la Fiscal Penal de Tartagal solicitó la detención del joven.

Recién en julio de 2018, el juez de Orán Claudio Parisi elevó a juicio la causa. La pareja de Agüero, Jair Andre Farro Rodríguez, fue imputado por homicidio agravado por el vínculo y convivencia y por ser cometido por un hombre en contra una mujer.

La víctima tenía numerosos hematomas en el cuerpo, lo que hizo presuponer a su familia que era víctima de violencia de género. En aquella oportunidad, InformateSalta se comunicaba con su madre Elizabeth Agüero quien encabezó marchas pidiendo justicia, dando un duro relato de lo ocurrido con la joven.

Ahora, los jueces de la Sala IV del Tribunal de Impugnación, Luciano Martini y Adolfo Figueroa, decidieron modificar parcialmente la sentencia dictada en Orán contra Farro Rodríguez, tras considerar que no hay certeza de la convivencia entre él y su víctima, pero sí de la violencia de género.

La condena original que había recibido el ecuatoriano por diciembre del 2018 era de prisión perpetua, tras haber sido considerado ser autor del delito de homicidio agravado por el vínculo y la convivencia en el contexto de violencia de género. Sin embargo, el Tribunal de Impugnación decidió cambiar la calificación, pero manteniendo la pena impuesta.

Los jueces tuvieron en cuenta que no surge de las pruebas aportadas la certeza necesaria sobre la existencia de una relación de pareja, que los testimonios brindados por los familiares de la víctima daban valoraciones vagas e imprecisas sobre la supuesta convivencia entre las partes.

No obstante, dijeron que esto no excluye la gravedad del homicidio y sólo permite distinguir a las situaciones que poseen una mayor criminalidad. Finalmente agregaron que tampoco excluye otras formas de violencia ejercidas en el marco de las múltiples relaciones personales que podrían desarrollarse (entre ellas el noviazgo sin que exista convivencia), y que pueden ser alcanzadas por otros agravantes del homicidio.

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