¿Sos monotributista? La AFIP extiende beneficios por la pandemia

El organismo tributario amplió las medidas para amortiguar los efectos del aislamiento social en los pequeños contribuyentes. Leé aquí en qué consisten.

Nacional 26/08/2020
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones en agosto.

Como parte de las medidas para menguar los efectos del aislamiento social en los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a agosto.

A través de la Resolución General N°4799/2020, que será publicada en el Boletín Oficial, se extienden a este mes los beneficios vigentes desde marzo.

La normativa vigente establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas.

La AFIP resolvió que agosto no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

Existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.

La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en agosto para proceder con exclusiones de oficio. 

 

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