A pesar de la prohibición de acercamiento, ingresó a su vivienda y abusó de ella

Justicia 16/12/2020
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El 17 de junio de 2019, cerca de las 5 de la mañana el sujeto de 25 años ingresó de manera sorpresiva al domicilio de la víctima, ubicado en barrio Palmeritas, cuando todos  dormían. Luego, se dirigió a la habitación de la mujer y abusó sexualmente de ella, la lesionó y amenazó con arma blanca. 

Al despertarse, la mujer notó que estaba desnuda y pudo ver al acusado al frente de su cama, por lo que se paró y le reclamó. Luego, el imputado se le abalanzó y le produjo lesiones.

Comprobado los hechos denunciados por la mujer, el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Federico Obeid, requirió ante el Juzgado de Garantías interviniente, la elevación a juicio de la causa. 

En sus fundamentos, el fiscal penal Federico Obeid, sostuvo que el acusado incurrió en los delitos intimados, al ingresar al domicilio sin la debida autorización, durante la madrugada y mientras todos dormían. Luego, atentó contra la integridad sexual de la damnificada, al desplegar actos corporales de contenido esencialmente sexual, sin que ella pudiera consentir tal accionar porque dormía.

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Al intentar asfixiarla y morderle la mano izquierda, el acusado causó a la víctima lesiones que fueron constatadas en el examen médico. Las lesiones se agravaron al ser causadas por un hombre en perjuicio de una mujer, mediando violencia (física y psíquica); lo que dio cuenta del ejercicio de un poder estructural por parte del encartado hacía la víctima en situación asimétrica y desigual, como así también por la relación de noviazgo o pareja que mantuvieron.

Por último, surgió que el imputado sacó de sus prendas un cuchillo, el cual esgrimió contra la integridad de la damnificada, mientras anunciaba a la damnificada un mal futuro, posible, grave y cierto, al decirle “cagate por puta, te voy a cagar matando”. 

El acusado también incurrió en el delito de desobediencia a la autoridad, al transgredir una orden judicial que le prohibía el acercamiento a menos de 200 metros de la víctima y de su domicilio.

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