La ANMAT prohibió el consumo de una reconocida marca de leche en polvo y suplementos dietarios

Nacional 26/01/2021
leche

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este martes a través de su publicación en el Boletín Oficial, la comercialización de una serie de suplementos dietarios y una leche en polvo.

La disposición 773/2021 fija la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: Leche en polvo descremada instantánea fortificada con vitaminas A y D, RMPA 21-101498 y Leche en polvo entera instantánea fortificada con vitaminas A y D, RNPA 21-101499, con el símbolo de alimento libre de gluten, marca Great Valley elaborados por RNE Nº M-522300 y fraccionados por Great Valley - República del Líbano 443 - Distrito Norte - Río Cuarto – Córdoba. La medida fue tomada por carecer de registros sanitarios, por consignar el registro de establecimiento inexistente y registros de producto de alimentos pertenecientes a otra razón social, se describe en la disposición. Además, los productos consignaban el símbolo de alimento libre de gluten sin estar autorizados como tal, resultando ser productos falsamente rotulados y en consecuencia ilegales.

En el considerando se explica que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) informó las acciones realizadas en el marco de un programa de monitoreo en relación a la comercialización de los productos: Leche en polvo descremada instantánea fortificada con vitaminas A y D. Peso Neto 400g, RMPA 21-101498 y Leche en polvo entera instantánea fortificada con vitaminas A y D, Peso Neto 400 g, RNPA 21-101499, rotulados con símbolo de alimento libre de gluten, marca Great Valley elaborados por RNE Nº M-522300 y fraccionados por Great Valley - República del Líbano 443 - Distrito Norte - Río Cuarto – Córdoba, que no cumplen la normativa alimentaria vigente.

Es por ello que “la ASSAl tomó muestras de los productos en la localidad de Firmat, provincia de Santa Fe” y que “según los informes de rotulación N° 36445 y 36446 realizados por la citada Agencia concluyeron que el RNE declarado no se correspondía con ninguna jurisdicción provincial del país y en cuanto a los registros de producto N° 21-101499 y 21-101498 pertenecían a productos de la razón social La Ramada S.A, RNE N° 21-113456”.

Se estableció que “los productos se hallan en infracción por carecer de registros sanitarios, por consignar el registro de establecimiento inexistente y registros de producto de alimentos pertenecientes a otra razón social, por consignar el símbolo de alimento libre de gluten sin estar autorizados como tal, resultando ser productos falsamente rotulados y en consecuencia ilegales”.

Por otra parte, la disposición 772/2021 establece la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Suplemento dietario a base de suero lácteo” - Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C -sabor chocolate - RNPA 02-600324; “Suplemento dietario a base de suero lácteo” - Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C - sabor frutilla - RNPA 02-600327; “Suplemento dietario a base de suero lácteo” - Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C - sabor vainilla - RNPA 02-600330; “Suplemento dietario a base de suero lácteo” - Whey Protein L Glutamina, Taurina, Vitamina C - sabor dulce de leche - RNPA 02-600325, marca Whey Protein de Body Advance Máximo Rendimiento, RNE Nº 02-035075 y en cuyos rótulos consigna el símbolo de alimento libre de gluten, por carecer de autorización sanitaria como alimentos libre de gluten, resultando ser en consecuencia ilegales”.

En el considerando se señala que “las actuaciones se inician a raíz de consultas recibidas en el Instituto Nacional de Alimentos en relación a productos que se elaboran en el establecimiento RNE Nº 02-035075, que no cumplirían la normativa alimentaria vigente”. Es por ello que “el Departamento de Inspección Sanitaria del INAL junto con la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio Agrario de la provincia de Buenos Aires realizaron auditorías a los fines de verificar las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), control de proveedores, materias primas y productos que allí elabora, en el establecimiento Víctor Hernán Kuschniroff, RNE Nº 02-035075, sito en San Roque 4576/78, Caseros , localidad 3 de Febrero, provincia de Buenos Aires”.

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