Quiso revocar una donación con usufructo vitalicio invocando la ingratitud de su sobrina

Justicia 20/09/2022
usufructo

En 1994 una mujer le donó una propiedad a su sobrina, quien en 2008 hizo lo propio a favor de su hijo, al enterarse de lo ocurrido esta planteó la acción de revocatoria invocando la causal de ingratitud al entender que se pretendió vender la propiedad sin respetar el usufructo vitalicio.

Sin embargo, La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones decidió rechazar el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, en base a la demanda por revocación de donación.

La causal de ingratitud está prevista en el artículo 1858 del Código Civil y Comercial el que al seguir los lineamientos del artículo 955 del Código Civil Francés, que cita en su nota, admite tres supuestos: (i) cuando el donatario atentó contra la vida del donante; (ii) cuando le profirió injurias graves en su persona u honor; y (iii) si le rehusó alimentos. 

La mujer habría expresado su temor basado en los comportamientos desleales de su sobrina. Pero en el trámite brindó testimonio el responsable de la inmobiliaria que se iba a pedir autorización para la venta y que se iba a informar a los posibles compradores que la propiedad reconocía un derecho real y vitalicio de usufructo. Esto diluye el argumento en el que se sostiene la queja, señalaron el juez Alejandro Lávaque y la jueza Verónica Gómez Naar.

En consecuencia, de todos los argumentos presentados, no se logró probar correctamente la causal de injuria ni hechos de la magnitud exigida para habilitar la revocación de la donación.

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