Mañana es el descanso para empleados de Comercio

Autoridades de la Cámara acordaron junto al Sindicato de Empleados de Comercio otorgar descanso al personal en el Día del Empleado de Comercio mañana.

Legislativa 24/09/2017

Por el Día del Empleado de Comercio, como todos los años, las autoridades del Sindicato de Empleados de Comercio delegación Salta y de la Cámara de Comercio e Industria provincial, se reunieron para acordar la modalidad de aplicación del descanso obligatorio de este año.

En ese sentido, y mediante acta acuerdo, se decidió avanzar con la solicitud del sindicato y la Federación Argentina de Empleados de Comercios y Servicios (FAECyS): otorgar descanso al personal enmarcado en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 el día lunes 25 de septiembre.

Rubricaron el acuerdo el Presidente de la Cámara, Rubén Barrios, y el Secretario de Asuntos Gremiales del Sindicato, Ángel Ortiz.

Asímismo quedó establecido que las empresas que sean atendidas por sus propios dueños podrán desarrollar sus actividades de manera normal.

La norma que establece la obligación del descanso para empleados de comercio es la Ley Nacional Nº 26.541, promulgada en 2009, y ratificada por Resolución Nº 357/12 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación.

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