Incrementarán los puntos de consulta para acceder al subsidio del gas

Profesionales de la Dirección de Asesoramiento Municipal Itinerante (AMISalta) recibieron una capacitación por asesores de Gasnor Salta para brindar información respecto a la facturación de gas.

Sociedad 15/08/2014

De esta manera, a partir del lunes próximo no solamente los vecinos podrán realizar el trámite en la municipalidad, sino que también podrán hacerlo en las guardias permanentes que tiene AMISalta, distribuidas en los distintos puntos de la ciudad. Ello no solo logrará descongestionar los puntos de atención, sino que también acercará el servicio a los barrios y optimizar la atención a los vecinos.

“Lo que se quiere hacer es informar y canalizarlo a favor de la gente. El tema de capacitación es sobre el acceso al subsidio, precisar quiénes podrán acceder y conocer los requisitos. De cómo manejarse respecto al aumento en el servicio y las boletas que se deben pagar”, manifestó el director de AMISalta, Christian Abdenur.

Los requisitos y situaciones excepcionales que se contemplan
- Padecer una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio.
- Percibir como único ingreso previsional el equivalente a un haber mínimo.
- Percibir pensiones no contributivas.
- Ser beneficiario de algún plan o programa social como la Asignación Universal por Hijo o percibir subsidio por desempleo, entre otros.
- Tener domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación).
- Percibir alguna asignación familiar.
- Contar con certificado de discapacidad.
- Poseer ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
- Encontrarse exento del pago de ABL y Tasas municipales.
- Poseer vivienda con características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo del servicio.
- Poseer vivienda con local anexo destinado a actividad comercial.
- Poseer vivienda en la cual conviven múltiples hogares.
- Reunir las condiciones de usuario esencial, entendiendo por tales a los centros asistenciales; entidades educativas públicas de cualquier nivel; entidades religiosas; asociaciones civiles sin fines de lucro; asociaciones sindicales, gremiales o mutuales que realicen en el domicilio de consumo actividades de índole social para la comunidad y entidades públicas nacionales, provinciales o municipales, en tanto no desempeñen actividades comerciales y/o industriales.

Fuente: La hora de Salta

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