Murió el paciente al que se le autorizó tratamiento con dióxido de cloro para COVID-19

Nacional 12/01/2021
otamendi

El hombre estaba internado en estado grave en el Sanatorio Otamendi y  el Juez Federal Javier Pico Terro había fallado el día 7 de enero para que el mismo reciba tratamiento a través de nebulizaciones y dióxido de cloro, mediante intravenosa, publicó Perfil.

El fallo generó preocupación, ya que desde hace meses la Sociedad Argentina de Infectología y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) alertan sobre la peligrosidad que conlleva esta sustancia.  

Pero finalmente, el lunes 11 de enero se conoció el fallecimiento del paciente, esto según PERFIL. El hombre falleció en el Sanatorio Otamendi, pero aún no se sabe si recibió la sustancia. Se espera en las próximas horas que el centro de salud confirme la información de manera oficial.

De acuerdo a lo que pudo averiguar el medio Nacional, el sábado 9 de enero el paciente Oscar Jorge García Rúa ya había recibido el ibuprofeno inhalado, pero no se confirmó todavía si también se le administró dióxido de cloro.  

Fuentes que siguen de cerca el caso, adelantaron que desde el Sanatorio Otamendi y la comunidad médica tienen la intención de demandar al juez federal Javier Pico Terrero por el fallo en el que dispuso que el paciente debía recibir una sustancia que no está autorizada por la ANMAT, y está contraindicada por diversas instituciones médicas. 

Antes de conocerse la noticia del fallecimiento de García Rúa, Ignacio Maglio, presidente del Comité de Bioética de la Fundación Huésped, asesor del Ministerio de Salud y asesor letrado de la Sociedad Argentina de Infectología (SADI), consideró que se trató de "mala praxis judicial" la decisión del magistrado.  

Dióxido de Cloro

"Hay un mal proceder judicial y una actitud criminal del médico que indica esta prescripción", analizó Maglio en diálogo con Télam, quien argumentó además que “es un despropósito que un juez pueda dar una resolución basado en una sola receta, sin haber pedido una prueba de oficio a otros organismos o bien a la Sociedad Argentina de Infectología”.  

Cabe recordar que la presentación ante la Justicia había estado en manos de la familia del paciente.  Además se pudo conocer que la esposa de García Rúa, Alicia Martha Trezza, con el mismo diagnóstico, había fallecido el día anterior, 6 de enero.

El magistrado hizo lugar a la solicitud al considerar que "la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora". En esa línea, el juez el dictaminó que el Otamendi debía "garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante". En tanto, desde el Sanatorio Otamendi y Miroli S.A se apeló a la decisión, y se esperaba que se expida la Cámara Civil y Comercial Federal. 

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