La Corte Suprema reconoció el derecho de decidir por una muerte digna

Este martes, la Corte se pronunció a favor de una persona que lleva 20 años en estado vegetativo. Con el fallo, se permitió que el paciente deje de recibir cuidados paliativos y tenga una muerte digna

Legislativa 08/07/2015

Pese a las diferentes acciones legislativas que trataron el tema de la eutanasia y la muerte digna, cada caso que involucra estas prácticas levanta controversia y voces encontradas. Es lo que sucedió las últimas horas, cuando la Corte Suprema de Justicia avaló la voluntad de un hombre neuquino que desde hace más de 20 años prolongan artificialmente su vida.Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda se manifestaron, mediante sus votos, a favor del paciente que se encuentra postrado desde 1995, con severas e irreversibles lesiones tales como la destrucción del lóbulo frontal y la desconexión de ambos hemisferios cerebrales. "Desde hace más de 20 años no habla, no muestra respuestas gestuales o verbales, no vocaliza ni gesticula ante estímulos verbales y tampoco responde ante estímulos visuales. Carece de conciencia del medio que lo rodea, de capacidad de elaborar una comunicación, comprensión o expresión a través de lenguaje alguno y no presenta evidencia de actividad cognitiva residual. Dado su estado, necesita atención permanente para satisfacer sus necesidades básicas y es alimentado por una sonda conectada a su intestino delgado", explicaron los jueces en la sentencia que fue publicada en el Centro de Información Judicial.

A su vez, los jueces explicaron que el caso presenta determinadas particularidades que los llevaron a tomar la decisión por la que optaron. Una de estas particularidades recae en las hermanas del paciente, quienes fueron las que manifestaron la voluntad de no seguir prolongando artificialmente la vida de su hermano. Por otro lado, en el momento en el que el hombre sufrió el accidente que lo dejó postrado, aún no se había sancionado la ley de derechos del paciente que autoriza a las personas a disponer sobre su salud dando directivas anticipadas.

Eutanasia o muerte dignaAl adoptar esta decisión, la Corte aclaró que no se trata de un caso de eutanasia. Sin embargo estas declaraciones levantaron los contraargumentos de personas y profesionales de diferentes sectores. Especialistas en bioética, por ejemplo, aseguran que es indigno quitarle el suministro de alimentos a pacientes en estado vegetativo ya que, la alimentación, es uno de los derechos primordiales de toda persona.

Más allá de las discusiones, diferentes portales informativos aclaran la duda. “Hay diferencias sustanciales entre eutanasia y muerte digna o natural: una la permite y la otra la provoca.” A favor o en contra, lo cierto es que Argentina deberá ampliar la mirada sobre la ley vigente que legisla estas prácticas.

Fuente: Infobae.com

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