Apelan el arresto domiciliario a jefes penitenciarios y piden prisión preventiva

Justicia 27/12/2023 InformateSalta InformateSalta
Servicio Penitenciario penal de villa las rosas

La Unidad Fiscal que lleva adelante la investigación a funcionarios del Servicio Penitenciario que habrían exigido dinero a cambio de otorgar ciertos beneficios, interpusieron un Recurso de Apelación en contra de las Resoluciones adoptadas por el Juez de Garantías 4, quien ordenó la medida sustitutiva de detención domiciliaria de 13 de los involucrados.

En el recurso, los fiscales recordaron que los hechos investigados, encuadran en el delito de Exacciones Ilegales Agravadas – Concusión – número indeterminado de hechos-, imputable como autores, a cinco funcionarios del Servicio Penitenciario; toda vez que los acusados, haciendo uso abusivo de sus cargos, como así también de su jerarquía y antigüedad, exigieron durante el periodo del año 2022-2023 indebidamente dádivas a los internos penados que se encuentran allí alojados.

Según explicaron, al acuerdo preveía la entrega de sumas de dinero o de otro elemento de su interés, a cambio de ayudar a la obtención de beneficios comprendidos en el régimen progresivo de la pena, y/o el ingreso de otro tipo de elementos no permitidos conforme el reglamento interno de las Unidades Carcelarias (celulares, cargadores, comidas, bebidas, entre otros)

De las declaraciones testimoniales; de las intervenciones telefónicas y del análisis de los extractos bancarios de las cuentas personales de los acusados, se pudo constatar que los funcionario públicos con jerarquía del servicio penitenciario mencionados, en uso abusivo de sus funciones, se aprovecharon de la situación de privación de libertad en que se encuentran los internos penados, exigiéndoles sumas de dinero a cambio de cierto beneficios, como ser trasladados a la granja, salidas transitorias, extramuros o el ingreso de cualquier elemento prohibido.

Las transacciones evidenciadas fueron realizadas en forma electrónica o con dinero en efectivo, por medio de encuentros entre los funcionarios penitenciarios y los familiares de los internos, siendo que los montos obtenidos como consecuencia de las mismas fueron utilizados en su propio provecho.

Asimismo, los hechos imputados encuadran en la figura de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas en forma organizada; por ser realizada en un lugar de detención y por ser cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos, en calidad de coautores, a tres guardiacárceles. Por otra parte, para una persona privada de su libertad, el delito imputado es el de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas en forma organizada y por ser realizada en lugar de detención, en calidad de coautor.

Por último, se ha imputado el delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas en forma organizada, a otras siete personas, en calidad de coautoras.

villa las rosas

Para los fiscales, “basta repasar lo ocurrido en las audiencias para corroborar que los integrantes de la Unidad Fiscal ratificamos, explicamos y expusimos todas las pautas exigidas por los arts. 386, 387, 388 del CPP respecto de la probable participación de los imputados, peligro de fuga y de entorpecimiento en el contexto de una causa cuya naturaleza es institucionalmente grave y compleja, que además por aplicación de los Tratados Internacionales debe ser analizada, investigada y resuelta con máximo rigor por estar vinculada a hechos de corrupción nada más y nada menos que por parte de funcionarios públicos pertenecientes al Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta abusando de sus funciones y aprovechando la situación de privación de libertad de quienes se encuentran alojados en lugares de detención bajo su custodia y cuidado”

En definitiva, la Unidad Fiscal aseguró que “SOBRARON Y SOBRAN FUNDAMENTOS PARA EL PEDIDO Y DICTADO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA, cuya finalidad es el análisis de mérito de riesgo procesal y no de elementos convictivos de participación y calificación” y que “que ante la gravedad y cantidad de hechos que están en curso de investigación se puede prever que la condena va a ser inexorablemente de cumplimiento efectivo, tanto por las exacciones ilegales agravadas, más allá de su mínimo legal conminado en abstracto, como sin duda alguna por la escala penal de los delitos relacionados con estupefacientes cuyo mínimo legal es de 6 años conforme las agravantes imputadas. El sr. Juez más allá de sus yerros, dijo que el mínimo de las exacciones permitiría una condena en suspenso, pero entonces ¿cuál es la lógica con los mínimos de los hechos de comercialización doble y triplemente agravada? Para ello recurrió a la mera afirmación que no acreditamos el riesgo procesal”

Por otra parte, la Unidad Fiscal dijo que “lo que persigue el proceso, como último fin, es averiguar la verdad de los hechos, el daño que ocasionó, salvaguardando los derechos e intereses que le asisten a quienes resultan damnificados por el actuar contrario a la ley y que esperan respuesta de la Justicia, en el afianzamiento de la misma, por lo que resulta necesario garantizar que no se frustre la eventual aplicación de una condena de ejecución efectiva, máxime teniendo en consideración el tenor y la multiplicidad de los sucesos que se le endilgan a los causantes, circunstancia que debe ser valorado como peligro de fuga” y destacó “que el encarcelamiento de los imputados es el único medio idóneo a fin de garantizar los fines del proceso penal. En efecto, si bien el estado de privación de la libertad es revisable en todo momento, la ley procesal sujeta la modificación de la medida restrictiva en atención a que probadas circunstancias expongan que hubo una modificación de aquellas que determinaron su imposición, y ello justifique que el riesgo procesal pueda neutralizarse con otra medida de menor intensidad, lo que no ha ocurrido en las presentes, al contrario, entendemos que subsisten a la fecha las circunstancias que fundaron el pedido de prisión preventiva”.

Por todo ello, y previo trámite de ley, la Unidad Fiscal solicitó al Juez de Garantías 3, se eleven las actuaciones al Tribunal de Impugnación para su conocimiento y decisión, y en definitiva se revoquen las sentencias cuestionadas, dictadas en audiencias multipropósitos del 18 y 19 de diciembre y se disponga la prisión preventiva de los 13 imputados.

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