Sociedad 16/07/2018

¿Cuáles son los vacíos legales para los nacimientos en casos de inseminación artificial?

Matías Assennato, director general del Registro Civil de Salta, explicó cómo son los procedimientos para inscribir a un bebé nacido tras un tratamiento de inseminación artificial y los pedidos del Observatorio de Violencia Contra las Mujeres para avanzar sobre los vacíos legales.

De acuerdo a lo que establece hoy el Código Civil y Comercial de la Nación, todo legajo base que se confecciona en los registros civiles y sobre el cual se procede a inscribir a un niño y expedir la partida de nacimiento debe contener, además de la ficha del recién nacido y la documentación relativa a los progenitores (copia del DNI, los correspondientes consentimientos informados que es la exteriorización de la voluntad procreacional (la voluntad de ser padres, con total independencia de si aportaron o no los gametos o embriones) debidamente protocolizados o certificados por la autoridad sanitaria correspondiente a la jurisdicción.

Matías Assennato, director general del Registro Civil de Salta, se refirió a uno de los pedidos desde el Observatorio de Violencia Contra las Mujeres, que plantea un vacío legal respecto a la inscripción de nacimiento en casos de inseminación artificial.



“Lo que dice la ley es que ese procedimiento esté protocolizado y avalado por una autoridad competente, como el ministerio de Salud o la Clínica que realizó el tratamiento. En el caso de que sean dos mujeres las que se someten al tratamiento de inseminación, el nuevo código no dice padre y madre, sino progenitores. Pero una de esas dos mujeres, quien dio a la luz, y por otro lado quien acompaña tiene que firmar una voluntad procreacional ante un escribano público, que es la que reconoce como hijo a ese bebé. Sin esa autorización, no podemos darle validez porque la ley lo prohíbe. Sin embargo, por más que exista la voluntad procreacional y la autorización de los progenitores, si anteriormente no hay un aval de la clínica o autoridad competente no se lo puede reconocer”, explicó Assennato en InformateSalta.

En éste sentido, el titular del Registro Civil señaló que están trabajando  con el Ministerio de Salud para que sea un procedimiento gratuito, y que hoy una protocolización de esos tratamientos sale $5.000.

“Otra cosa que se plantea es sobre la inseminación natural, es decir la prestación de espermatozoides para una pareja de mujeres. Es decir, no hay un procedimiento en una clínica sino que un tercero decide donar su espermatozoide de manera natural. En primer lugar, no puede haber tres progenitores, no se pueden inscribir tres porque no lo permite la ley. El vacío legal radica en que no hay una clínica que intervenga y compruebe que hay una voluntad procreacional de la otra mujer, y a la vez hay un hombre que también puede querer ser reconocido. Esto hay que resolverlo, nosotros no nos sentimos competentes como para poder resolverlo”, manifestó.

Si bien en Salta aún no se presentó ningún caso donde la procreación por medio de inseminación natural, sí hubo casos artificiales. “La ley siempre va detrás de los hechos. Ya hay un fallo en Buenos Aires que autorizó a un registro civil a inscribir a tres personas como progenitores, sin embargo va en contra de la ley vigente que prohíbe que una persona tenga más de dos progenitores”.