Caso Palomo: Prohíben publicar información relacionada al menor acusado del crimen
La jueza de Menores, Tatiana Dip, tomó la decisión siguiendo la línea de lo establecido por el Comité de los Derechos del Niño para evitar que la publicidad indebida o el proceso de difamación causen daño.
A casi dos meses del crimen de Sandra Palomo, ocurrido en el subsuelo de un supermercado en el Barrio Tres Cerritos, la jueza de Menores, Tatiana Dip, ordenó la prohibición de publicar información relacionada al menor de 15 años imputado por homicidio agravado por ensañamiento y alevosía en carácter de autor.
La medida obedece a un pedido realizado por el asesor de Menores que interviene en el caso y se ordenó el cese de toda publicación, difusión, reproducción por cualquier medio de difusión pública o privada, de noticias, datos, informaciones que permitan identificar de forma directa o indirecta al joven.
La decisión se tomó siguiendo la línea de lo establecido por el Comité de los Derechos del Niño, donde se considera que no se publicará ninguna información que permita identificar a un niño delincuente, por la estigmatización que ello implica y su posible efecto en la capacidad del niño para acceder a la educación, el trabajo o la vivienda, o conservar su seguridad.
La jueza destacó que las autoridades públicas deben ser muy reacias a emitir comunicados de prensa sobre los delitos presuntamente cometidos por niños y limitar esos comunicados a casos muy excepcionales. Así, se encuentra a su cargo el deber de adoptar medidas para que los niños no puedan ser identificados por medio de esas informaciones.
Si bien tuvo en cuenta que en este caso se encuentran en conflicto dos normas convencionales y constitucionales, esto es el derecho a la libertad de expresión frente al derecho a la intimidad, debe asegurarse siempre la supremacía del derecho a la intimidad del Derecho del Niño.