Circular en Salta con las nuevas medidas: ¿Es necesario sacar nuevamente un permiso?
A partir de este domingo, comenzó en Salta una nueva etapa, mucho más restrictiva, del distanciamiento social. ¿Cómo y quiénes pueden circular? ¿Debo sacar un nuevo permiso? Mirá.
Por la situación epidemiológica que atraviesa en especial el departamento de Salta capital, el Comité Operativo de Emergencia resolvió suspender actividades desde hoy, 23 de agosto, y hasta el 30 del mismo mes inclusive.
La resolución indica en su artículo primero que se suspenden en Capital las actividades deportivas grupales, clubes, gimnasios y permanencia en plazas y parques urbanos. Asimismo se suspenden para los días domingos las actividades gastronómicas, la apertura de centros comerciales, supermercados y comercios en general, como así también las actividades recreativas en parques y plazas.
Se indicó que están exceptuados los servicios esenciales de salud, seguridad, estaciones expendedoras de combustibles, delivery de alimentos, comercios de proximidad (drugstores, despensas y kioscos) y farmacias.
Pero sí deben emitir, en todos los casos, un permiso para circular.
¿Quiénes?
- Cualquiera, en toda la provincia para la circulación entre 00 a 06hs., ya que solo pueden circular en ese horario las actividades esenciales.
- Internamente en los municipios del Depto San Martín: las personas que desarrollan actividades esenciales precisan el permiso para circular, ya que dicho Depto. se encuentra en Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO)
- Para poder usar el transporte público urbano de pasajeros.
- Cuando se movilicen entre municipios, o por fuera del Área metropolitana. El DNU 677 y la Res. 35 del COE establecen la prohibición de circular fuera de los mismos. Las excepciones son las actividades esenciales.
¿Dónde?
Deben ingresar al siguiente link, para completar su declaración jurada. Los datos deben ser verdaderos, y especifica empleador, rubro y datos del empleado.
Los permisos se pueden imprimir o exhibir desde un celular.
¿Cada cuánto?
Los permisos (Declaraciones Juradas de Circulación) emitidos con anterioridad al 23/08/2020 tendrán vigencia hasta el 30/08.
Los que se emitan a partir del 23/08/2020 tendrán una vigencia de 7 días.