Tartagal se declara libre de pirotecnia sonora y regula la actividad
De cara a las fiestas tradicionales de fin de año, comienzan los debates en torno al uso de pirotecnia sonora. En este caso, el Municipio de Tartagal, mediante la Ordenanza N°2547/18 se declaró Libre de Pirotecnia con estruendo y especificó las regulaciones vigentes para la venta y comercialización de estos productos.
En base a esto, la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Tartagal, reglamentó los requisitos para la habilitación y venta de artículos de pirotecnia sin estruendo, en el periodo de fiestas de Navidad y Año Nuevo.
El marco regulatorio establece que queda prohibida la venta de este tipo de artículos en veredas, paseos públicos y calles de la ciudad, como así también por parte de los vendedores ambulantes. Entre las prohibiciones también se aclara que no se permite la comercialización y deposito, utilización, encendido y liberación de globos aerostáticos luminosos.
Vendedores habilitados
Para conseguir la habilitación reglamentaria, los comerciantes que se dediquen a la venta -mayorista o minorista- y al almacenamiento de artículos de pirotecnia deberán contar con la previa autorización municipal, certificado de habilitación otorgado por la División Bomberos de la Policía de la Provincia de Salta, Inspección de Seguridad y Ambiente Municipal (CAAM) y poseer, a la fecha, Renovación Municipal Año 2020.
Estos permisos tendrán plazo hasta el día 8 de enero.