Fiscal Federal devuelve a la Justicia local la causa del Monumento: "Absurdo a todas luces"
Con duros calificativos, el fiscal general Carlos Martín Amad rechazó ayer la declinación de competencia propiciada por sus pares provinciales Ramiro Ramos Ossorio y Facundo Ruiz de los Llanos, y refrendada luego por la jueza de Garantías 5 Edith Rodríguez.
La jueza ahora deberá resolver si acepta el caso o bien, lo rechaza y acude a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima la cuestión.
La postura del fiscal fue acompañada por la jueza federal de Garantías 2 Mariela Giménez, quien resolvió rechazar la declinatoria remitida por la Justicia provincial en torno a los incidentes ocurridos el 17 de junio pasado en inmediaciones del monumento al General Martín Miguel de Güemes.
Esta resolución se dictó en el marco de una audiencia de excepciones realizada ayer a la mañana en el Juzgado Federal, oportunidad en la que el fiscal Carlos Martín Amad se refirió a la resolución de la jueza Edith Rodríguez, quien acompañaba el criterio de los fiscales provinciales.
Una y otra vez, Amad calificó de absurda la pretensión de los funcionarios de la Justicia provincial, pues consideró que, en ningún momento, en los hechos que son motivo de investigación, la seguridad del Presidente de la Nación o de su comitiva resultó víctima de algún delito.
Indicó que, para asignar la competencia al fuero federal, que tiene carácter de excepción, no basta solo con analizar y determinar el ámbito geográfico donde se ha llevado a cabo el supuesto ilícito, sino que resulta necesario e imperativo examinar otros extremos, como ser “quién fue o es su ejecutor”, “el carácter de persona, ya sea particular o pública” e “intereses afectados con la conducta investigada” para recién establecer si existió una afectación de intereses federales.
En ningún momento, en los hechos que son motivo de investigación, la seguridad del Presidente de la Nación o de su comitiva resultó víctima de algún delito.
Sobre la postura de los fiscales Ramos Ossorio y Ruiz de los Llanos, sostuvo que: “En el caso planteado no se encuentran acreditados los extremos aludidos y que podrían atribuir la competencia de la Justicia federal habida cuenta que, de las actuaciones remitidas, no surge de manera alguna perjuicio para la investidura y/o seguridad del señor Presidente de la Nación ni se observa menoscabo al patrimonio del Estado Nacional, ni la afectación de la prestación del servicio de algún establecimiento nacional, extremos que sí posibilitarían la intervención del fuero de excepción, empero, insisto en la causa no se verifican dichos extremos”.
“Absurdo”
Agregó que la mera circunstancia de que el supuesto delito tenga lugar en adyacencias o cercanías a donde se encuentre el señor Presidente de la Nación y su comitiva, no federaliza la cuestión. Si así fuera, se podría pensar que un accidente de tránsito, robo, hurto o cualquier otra transgresión común que acontezca a metros del Presidente, el hecho se volvería de competencia federal por la sola razón de que habría un potencial peligro al mismo. “Absurdo a todas luces, pues la supuesta comisión delictiva solo se verifica en la mente de los declinantes”, resaltó el fiscal Amad.
Destacó que llama la atención que, en la resolución remitida, la cual contiene también la postura de los fiscales provinciales, los investigadores ya habían determinado la responsabilidad de un autor, sindicándolo al ministro de Seguridad de la Provincia Juan Manuel Pulleiro, sin embargo, no avanzaron con la imputación del caso. De manera contradictoria, mencionaron la presencia de simpatizantes sin cumplir las medidas de seguridad sanitaria del COE, medidas de orden local. A ello, agregan que al acercarse al Presidente no había policías y que no sucedió nada en perjuicio del mandatario, por lo que no se entiende la alegación de un delito, cuando a la vez aseguran que no existió.