Cautelar Judicial ordenó la suspensión del cobro de impuestos municipales a una demandante
Con fecha 1 de junio 2022, el juez Marcelo Domínguez hizo lugar a una acción de amparo promovida por una vecina de la ciudad de Salta, quien se vio afectada por el doble cobro de impuestos municipales a través de su boleta de Edesa, sobre un mismo catastro.
Una ciudadana salteña presentó días atrás una acción de amparo contra la Municipalidad de la ciudad de Salta, a fin de que se disponga la ilegalidad del doble cobro que realiza sobre un inmueble de su propiedad, indicando el número de catastro que posee a su vez dos números de NIS (Número de Identificación de Suministro de EDESA), respecto al Impuesto Inmobiliario y de la Tasa General de Inmuebles.
Entre sus argumentos, sostiene que con las facturas de EDESA, desde el período 01/2022 en la facturación del consumo de electricidad la Municipalidad de Salta viene percibiendo sobre un mismo catastro dos veces el mismo impuesto municipal.
Aclara esta ciudadana que tiene dos servicios de suministro de electricidad en su inmueble, que tiene un único catastro sin subdivisión, por una cuestión práctica de diferenciación de consumo ya que en la planta baja hay un estudio jurídico y en la planta alta una vivienda.
No se entiende ni se justifica el pretender percibir el mismo tributo dos veces sobre el mismo inmueble, sostiene en la presentación.
Además, otro dato que aporta es que su propiedad que tiene un número de Catastro, desconoce otro número de Catastro que figura en la boleta, insistiendo en la inconstitucionalidad por parte de la Municipalidad de atribuirse facultades propias de la Dirección General de Inmuebles, que lo ha creado unilateralmente, siendo que la Municipalidad de Salta delegó a la Agencia Recaudadora la facultad de crear nuevos catastros, asignando uno propio a un número de NIS pre existente.
En este sentido, y tras una serie de argumentaciones judiciales más presentadas por la demandante, el juez de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Ramón Domínguez, resolvió hacer lugar a la medida cautelar ordenando la suspensión del cobro del cargo que factura EDESA en concepto de Tasa Municipal, Impuesto Inmobiliario, Protección de Bienes y Personas sobre el NIS de la demandante, bajo apercibimiento de Ley.