Rentas: Se podrá abonar tributos con tarjeta de crédito desde el 22 de abril

La Dirección General de Rentas ofrecerá la opción de pagar tributos provinciales con tarjeta de crédito Visa. Los pagos se podrán realizar hasta en 6 cuotas sin interés.

Gobierno 19/04/2019
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La Dirección General de Rentas informa que mediante la Resolución General 15/2009, a partir del 22 de abril se podrá abonar tributos provinciales con tarjeta de crédito Visa de cualquier banco. La medida responde al proceso de informatización de servicios que lleva adelante el organismo; y en respuesta a lo solicitado por los contribuyentes para agilizar los procesos de pago sin necesidad de pasar por las oficinas de la dirección.

Dependiendo de la entidad bancaria que emita la tarjeta de crédito, se podrá abonar en una cuota sin interés con VISA de cualquier banco; y en tres o seis cuotas sin interés con Visa-Macro. Los impuestos que se podrán pagar mediante esta modalidad son los siguientes:

· Actividades económicas, declaración jurada mensual.

· Actividades económicas, régimen de Convenio Multilateral, agente de retención declaración jurada mensual.

· Actividades económicas, agente de retención declaración jurada mensual.

· Actividades económicas, agente de percepción de Convenio Multilateral, agente de percepción declaración jurada mensual.

·  Actividades económicas, agente de percepción declaración jurada mensual.

·  Cooperadoras asistenciales, declaración jurada mensual.

·  Cooperadoras asistenciales, agente de retención declaración jurada mensual.

·  Inmobiliario Rural.

·  Sellos.

Cómo utilizar este nuevo servicio

Para hacer uso de esta opción de pago, los contribuyentes deberán ingresar a la web de la Dirección General de Rentas www.dgrsalta.gov.ar y cargar su usuario/clave para luego constituir el domicilio fiscal electrónico, de forma obligatoria. Completado ese registro, se deberá hacer clic en la opción Menú / Pago Electrónico y allí optar por el medio de pago con tarjeta.

En caso de que el sistema esté inoperativo, los contribuyentes y/o responsables deberán efectuar los pagos en las bocas de cobranzas habilitadas.

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