Fase de aislamiento: Los remises pueden decidir si prestan o no el servicio

Por disposición de la AMT, mientras dure el aislamiento los choferes o licenciatarios podrán optar por realizar o no el servicio de transporte. Deberán informar su decisión a la autoridad.

Gobierno 24/09/2020
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En medio de las medidas y condiciones que rigen dentro de la fase de aislamiento social, preventivo y obligatorio que atraviesa Salta, desde la Autoridad Metropolitana de Transporte se dispuso a través de la orden regulatoria N°20 que mientras dure la fase, como así en una eventual prórroga, los permisionarios, choferes y/o licenciatarios, debidamente habilitados y registrados, tendrán la facultad de optar por prestar o no el servicio de transporte de pasajeros.

En caso que se opte por la no prestación del servicio, los trabajadores deberán informar esta decisión a las respectivas Agencias de Remis y éstas a la AMT. vía mail a [email protected].

Del mismo modo los choferes deberán proceder a tapar las características identificadoras de remis, tanto la oblea habilitante que se encuentra adherida en las puertas delanteras del vehículo, como así la identificación de la Agencia que se encuentra en las puertas traseras. También deberán hacer entrega del cuaderno habilitante, contra entrega del correspondiente recibo.  

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En caso que la la Agencia se encuentre imposibilitada o se negara a otorgar el recibo pertinente, los permisionarios, choferes o licenciatarios podrán dirigirse a las oficinas de la AMT, en Av. Tavella N° 1395, donde podrán entregar el cuaderno, recibiendo la respectiva constancia.

Así también, para el supuesto caso que los conductores decidan retomar la prestación del servicio de transporte dentro del lapso que rija el aislamiento o cuando la fase concluya, las Agencias de Remis y/o la AMT deberán hacer devolución del cuaderno respectivo bajo constancia.

Por otra parte se aclaró que durante periodo de no prestación del servicio se controlará la no facturación de viajes bajo apercibimiento de aplicación de sanciones por prestar servicio bajo modalidad no permitida. El incumplimiento de lo previsto en la presente implicará la aplicación de severas sanciones.

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