El presidente Alberto Fernández envío este martes el proyecto de Ley sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo y otros aspectos complementarios, como la Ley nacional de atención y cuidado integral de la salud durante la primera infancia. Poco después del anuncio, los textos fueron ingresados a la Cámara de Diputados de la Nación.
A través de un video que se replicó en las redes sociales, el mandatario resaltó que su convicción es que “el Estado acompañe a todas las personas gestantes en sus proyectos de maternidad. Pero también estoy convencido de que es responsabilidad del Estado cuidar la vida y la salud de quienes deciden interrumpir su embarazo durante los primeros momentos de su desarrollo".
Así, indicó que "la criminalización del aborto de nada ha servido" y que solo permitió que se realizaran interrupciones clandestinas con cifras a las que consideró "preocupantes". Entre ellas resaltó que anualmente se hospitalizan alrededor de 38.000 mujeres por abortos y desde 1983 fallecieron más de 3.000 mujeres por esa causa.
“La legalización del aborto salva vidas de mujeres y preserva sus capacidades reproductivas, muchas veces afectadas por abortos inseguros. No aumenta la cantidad de abortos ni los promueve. Solo resuelve un problema que afecta a la salud pública”, indicó.
Punto por Punto
Hasta cuándo contempla la práctica
Como el proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y que el que obtuvo media sanción en Diputados en junio de 2018, el texto enviado por el Ejecutivo garantiza el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana 14, inclusive.
Objeción de Conciencia
Este documento prevé la Objeción de Conciencia, que es el respeto a la voluntad del profesional de no realizar la práctica por razones éticas o religiosas.
Programa Médico Obligatorio
Esta iniciativa incluye un Programa Médico Obligatorio como garantía de acceso igualitario y cumplimiento efectivo (cuando una práctica no está en el PMO la obra social o prepaga se puede negar a cubrirla). La inclusión en el PMO estaba contemplada en el proyecto de la Campaña así como en el texto que obtuvo media sanción y fue rechazado luego en el Senado.
Consejerías
Una vez realizada la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, el efector de salud debe poner a disposición “información sobre el procedimiento que se llevará a cabo y los cuidados posteriores necesarios”, “atención integral de su salud a lo largo de todo el proceso” y acompañamiento pero “estos servicios no son obligatorios para la paciente ni condición para la realización de la práctica”.
Acceso a las niñas
Las menores de 13 años requerirán del consentimiento informado para su asistencia "de al menos uno de sus progenitores o representante legal". Así, las jóvenes deben estar acompañadas, aunque no necesariamente por sus padres, ya que muchos abusos ocurren en el entorno familiar.
El texto habla de “autonomía progresiva” por lo que, si la interrupción voluntaria del embarazo es requerida por una persona de entre 13 y 16 años, se presume que tiene la aptitud y madurez para decidir la práctica.
Despenalización
El proyecto que obtuvo media sanción en 2018 y que luego no prosperó en el Senado indicaba que “no es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional”. El proyecto presentado este martes repite esta redacción.
El proyecto