Ley de alquileres: qué es el "derecho de usucapión", que le permite a los inquilinos pasar a ser dueños de la propiedad

Sociedad27/07/2025
derecho de usucapión

Todo inquilino sueña con ser propietario. No hay dudas de que es el sueño de cualquier persona: tener la casa propia. Pese a que este último tiempo los créditos hipotecarios han permitido tener mayor facilidad de compra de un inmueble, las posibilidades no son las mismas para todos.

Los costos de alquiler son cada vez mas caros y, en Argentina, la mayoría de los inquilinos destina hasta la mitad de sus ingresos al pago del alquiler. Ahora bien, ¿se puede ser propietario siendo inquilino? Aunque parezca una pregunta con un «no» como respuesta, no es así.

En nuestro país existe una reglamentación que permitirá a los inquilinos dejar de pagar el alquiler de una vivienda si transcurren una cantidad de años dentro de la locación. Se trata del derecho de usucapión.

Qué es el derecho de usucapión en Argentina

Este derecho se trata de un modo de adquisición de la propiedad basado en la posesión continua e ininterrumpida de un inmueble durante un lapso de tiempo. Hay diferentes tipos de usucapión en Argentina: larga y corta.

Respecto a la usucapión larga se aplica cuando una persona posee un inmueble de manera pública, pacífica e ininterrumpida durante 20 años, sin necesidad de un titulo ni buena fe. En tanto que la usucapión corta se aplica cuando el inquilino tiene justo título (una escritura, por ejemplo, que se declaró inválida) y actuó de buena fe durante 10 años ininterrumpida.

Inquilinos solicitan frenar el precio de los alquileres.

Ahora bien, el derecho a la usucapión no puede solicitarse si la persona tiene un contrato de alquiler vigente. Solo será válida cuando el ingreso a la propiedad haya sido ilegalmente o cuando el contrato se declaró inválido.

De ser así, el inquilino no solo no pagará el alquiler, sino que podrá hacer mejoras a la vivienda y deberá pagar impuestos y servicios a su nombre.

En caso de querer solicitar una usucapión, la persona deberá presentar una demanda judicial para que un juez reconozca la validez de ese derecho. Cuando se solicita, se pedirá que se cumpla con requisitos como: prueba de posesión (pagos de impuestos, por ejemplo), que no haya interrupciones en la posesión, que no haya reclamos del duelo original.

Cuando el juez determine que la persona cumple con los requisitos obtiene el título de propiedad.

Fuente: La Mañana de Neuquén.

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