Justicia11/02/2017

La Justicia permitió a Highton de Nolasco seguir en la Corte

El juez Lavié Pico hizo lugar al amparo que la jueza había presentado para preservar su cargo cuando alcance el límite de edad. El Ejecutivo lo había rechazado.

La jueza de la Corte Suprema Elena Highton de Nolasco recibió un aval para seguir en su cargo más allá de diciembre próximo, cuando cumpla 75 años. Así lo resolvió un fallo que hizo lugar al amparo presentado por la ministra para continuar en el tribunal. Ahora, el Gobierno tendrá que decidir si apela.

Según señala el diario Clarín, la decisión la tomó ayer el juez de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico. En una sentencia de 18 páginas, hizo lugar al pedido de Highton para declarar la nulidad del tramo de la reforma constitucional de 1994 que fijó el límite de edad de los miembros de la Corte.

La respuesta de la Justicia llegó tres días después de que el Gobierno rechazara el recurso interpuesto por la jueza. En su escrito argumentó que la jueza no hizo objeciones al jurar en su cargo y que tampoco inició los trámites para pedir la ratificación del Senado para seguir en la Corte, como prevé la ley vigente.

En el fallo de ayer, al que accedió Clarín, Lavié Pico respaldó los argumentos de Highton, nombrada en la Corte tras ser postulada por Néstor Kirchner en 2004. La jueza cuestionó la reforma de 1994 que incorporó al actual artículo 99, inciso 4, párrafo tercero el límite de 75 años para la permanencia en el cargo. Ese artículo dice que para seguir desempeñándose como juez tras llegar a esa edad, debe conseguir un acuerdo en el Senado igual que el que le permitió llegar al puesto.

En su defensa planteó que ella goza de la estabilidad vitalicia consagrada por el artículo 110 de la Constitución, según el cual "los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones".

Pese a las diferencias, el fallo de ayer indica que "no obsta a esta conclusión el hecho de que la Sra. Jueza Elena Highton de Nolasco haya asumido en su actual cargo con posterioridad a la reforma constitucional de 1994. El propio precedente 'Fayt' rechaza cualquier distinción que pudiera hacerse respecto de los jueces que asumieron en sus cargos con posterioridad a la reforma".

Si bien el juez reconoce que el límite de edad para el ejercicio de un cargo público "resulta razonable", advierte que "la única alternativa válida para su implementación sería por medio de una nueva reforma constitucional". Y concluye que los cambios del 94 son "una clara violación al límite constitucional.