Nadie irá a prisión por la agresión al hincha de San Lorenzo
Al final ninguno de los cuatro acusados quedará detenido por el intento de homicidio simple del hincha de San Lorenzo, José María García, quien por la brutal agresión, quedó cuadripléjico.
Así lo dispuso la Sala V del Tribunal de Juicio, que cerca de la medianoche de ayer dio su veredicto en el juicio a los cuatro jóvenes hinchas de River Plate acusados por este hecho, cometido el 29 de enero de 2014, según publica Nuevo Diario.
En el fallo, dos de los acusados fueron absueltos, otro recibió una pena de 4 meses de prisión de ejecución condicional y el principal acusado fue declarado penalmente responsable, pero como era menor de edad se dejó en manos de un juez de menores establecer la pena que le corresponde cumplir y de qué manera lo hará. Mientras tanto, seguirá en libertad.
El principal acusado, Mauro Cabral, que era menor de 18 años cuando ocurrió el hecho, fue declarado "penalmente responsable del delito de homicidio simple en grado de tentativa", y atendiendo a la edad que tenía cuando agredió a José María García, el Tribunal dispuso remitir la copia del veredicto al Juzgado de Menores.
Además, se le retiró la custodia policial que habían puesto en su casa, y se le ordenó, "cautelarmente", fijar un domicilio en Salta, se le prohibió ausentarse de la ciudad y tiene el deber de concurrir periódicamente ante la Justicia.
De los otros tres acusados, Otto Bornes fue condenado por el delito de agresión con arma impropia a 4 meses de prisión condicional y se le impuso la obligación de realizar tareas comunitarias en Cáritas Diocesana de Santiago del Estero, donde reside ahora. Mauricio Javier Alanis fue absuelto de este delito por el beneficio de la duda, y Francisco Maximiliano Chiliguay fue absuelto directamente.
La sentencia fue el epílogo de una larga jornada, que comenzó con un planteo de la defensora de Bornes, María José Tarres, quien pidió y obtuvo la declaración de nulidad de la ampliación de la acusación que la semana pasada había realizado el fiscal en contra del joven, a quien también acusó por tentativa de homicidio agravado. Es que Bornes ya había sido sobreseído por este delito.
Con esa novedad, el fiscal sostuvo que la prueba no dejaba duda que Cabral atacó a José García. "(Un) análisis concienzudo (…) determina que la autoría resulta indubitable en cabeza del señor Mauro Cabral", aseveró. Dijo que el atacante golpeó a la víctima con una piedra o un pedazo de cordón cuneta. "La piedra no fue arrojada en ningún momento, la piedra fue utilizada para golpear", insistió.
Aseguró que la motivación de Cabral era la venganza, por la paliza que momentos antes le había dado Mauro Carrazana, delante de sus amigos. Esta pelea fue en la zona del puente de la Coca Cola, luego de que Cabral insultara a la hermana de Carrazana.
Ramos Osorio insistió en que Cabral actuó con alevosía, "a traición"; es más, la "víctima estaba huyendo", no quería ninguna confrontación. "Actúa a traición, sin riesgo y sobre seguro", la "víctima estaba total y absolutamente desarmada", subrayó al enumerar los tres componentes del homicidio calificado en grado de tentativa, la acusación que sostuvo.
Atendiendo esto y "por haber sido menor (de edad Cabral) al momento de cometer el hecho", solicitó que se envíen las actuaciones al Juzgado de Menores competente, para la fijación de la pena. Y pidió que mientras tanto se mantenga la medida cautelar de vigilancia en la casa del acusado.
A Bornes se le acusó por el delito de agresión con arma impropia con pena máxima de 6 meses condicional. La misma pena pidió para Alanis, con obligación de realizar terapia psicológica y tares comunitarias. Para Chiliguay pidió la absolución por el beneficio de la duda.