Emprendedora vive un infierno por una deuda impagable
Mercedes Berisso es la dueña de su propia fábrica de lámparas -Deco La Merced- hace cuatro años.
Mercedes Berisso es la dueña de su propia fábrica de lámparas -Deco La Merced- hace cuatro años. Tiene más de 65 mil seguidores en Facebook y 20 mil en Instagram, donde postea diariamente sus productos, consejos para la iluminación en el hogar y fotografías de los espacios donde vuelca sus conocimientos de asesoría en decoración.
También comparte en su cuenta el día a día con su hijo de 9 años -Tomás o #ayudantetomi en sus publicaciones- que tiene un trastorno neurológico y le gusta acompañar a su mamá en su emprendimiento, según publica Infobae.
El 18 de julio –contó Mercedes en un posteo que se hizo viral– al regresar de una entrega de pedidos con Tomás, se encontró en su puerta con una notificación de la AFIP que, dice, le "cambió la vida" en unos pocos días.
Habló con su contadora para saber qué tan grave era, ella le respondió que le diera unos días para consultarlo y a la semana le pidió que presentara un descargo redactado por una abogada. Confundida, consultó con otro contador y descubrió qué era lo que en verdad estaba pasando.
"Me pasé $ 400 del monto máximo por producto en una factura, motivo de expulsión del monotributo, lo que implica me pase a responsable inscripto 30 meses para atrás y presente declaraciones de IVA y así me genera una deuda de $ 700.000 más intereses", explicó en la publicación que ya tiene más de 5 mil likes y cientos de comentarios. "Sí, leíste bien. De ahí en más mis días se convirtieron en un infierno".
Desesperada por su situación, Mercedes fue hasta una oficina de la AFIP a hablar con la inspectora responsable de su caso y le pidió que por favor la escuchara. "Soy separada, tengo un hijo de 9 años que tiene un trastorno neurológico, hace 5 meses despidieron al papá de mi hijo del trabajo y a raíz de esto mi hijo se quedó sin prepaga para su tratamiento", le explicó.
"Trabajo todos los días con emprendedores haciendo lámparas, cuido de mi hijo, lo llevo a sus terapias, alquilo un departamento, hace dos años no me tomo vacaciones y tengo todos mis impuestos al día, incluido el monotributo", continuó. "Este emprendimiento es mi única fuente de ingresos y le pago a una contadora que me mal asesoró. Sé que cometí un error, pero expulsarme es casi como decirme que me vaya a dormir a la calle. Si ves mi cuenta de banco podés comprobar que no puedo pagar, ni siquiera con una cómoda moratoria".
Ya con lágrimas en los ojos, le suplicó: "Estoy acá para ver qué se puede hacer, quiero resolver mi situación, decime que pague una multa, que se puede hacer algo". Tanto la empleada como su superior le respondieron con una negativa mientras ella ya lloraba desconsolada. "Tengo una hija de tu edad", le dijo la inspectora. "Hay dos caminos, una por vía judicial (que difícilmente falle a tu favor), y la otra es pagar la deuda. Asesorate con otros contadores".
"Ese día se me vino el mundo abajo", resume Mercedes.
Consultó a ocho contadores más y otros tres abogados tributaristas, pero la respuesta siempre era la misma: "El sistema es así de inflexible". En todo el mes que pasó desde que recibió la notificación hasta que se animó a contarle, por consejo de otra emprendedora, la situación a su "tribu" de seguidores, como ella los llama, continuó al mismo tiempo haciendo entregas y atendiendo consultas.
El abogado Sergio Mohadeb, conocido en redes sociales como "Derecho en zapatillas", explicó en su blog especializado que por esa exclusión del monotributo se puede iniciar una acción de amparo, o un recurso administrativo en procura del derecho constitucional de comerciar. "Si el monotributista se excede, la AFIP determina de oficio la deuda tributaria", indicó. "Pero esta recategorización no puede implicar una arbitrariedad. Superar en $ 400 el monto máximo implica una proporción que no es razonable. Y esa línea no debería implicar un salto tan abrupto".
"Ser excluido del monotributo", explica Mohadeb, "implica que por no estar en el régimen simplificado, en forma retroactiva debe pagarse: 21% del IVA facturado, aportes y contribuciones como autónomos (jubilación), impuesto a las ganancias, intereses resarcitorios y multa por omisión o defraudación fiscal, entre una y seis veces el impuesto omitido o evadido".
"La ley de procedimiento fiscal 11683 permite regularizar la situación luego de la notificación pero antes de la vista previa para reducir la multa a un cuarto, quedaría en 25%", desarrolló. "Por otro lado, se puede apelar al principio de razonabilidad en el descargo. En el caso, analizar si hay elementos que permitan considerar que la sanción es desproporcionada en atención a la finalidad buscada", continuó y agregó que también se podría además de iniciar una acción de amparo, "acudir a un recurso como una moratoria, un plan de pago o recurrir a la suspensión de ejecuciones fiscales y sanciones que permitirían atenuar lo adeudado".
El posteo con el relato fue compartido masivamente durante todo el día y llegó a oídos de Mariano Mayer, el secretario de Emprendedores y Pymes de la Nación, que le aseguró a Mercedes que pronto se contactarían con ella desde la AFIP para darle una reunión. "Estoy esperando ese llamando", contó esta mañana en sus historias de Instagram.
"Gracias a ustedes pude hacer que me escuchen porque yo sola no hubiera podido hacer nada", dijo. "Espero que se tome mi caso como precedente porque me escribió muchísima gente que está en una situación similar y realmente es desesperante", recalcó.
En tanto, fuentes vinculadas al organismo recaudador explicaron que "el monotributo se rige por una ley del Congreso, como el resto de las normas impositivas, ley que fija los topes de cada categoría y el resto de los parámetros objetivos, como el precio unitario de venta".
"La ley, votada por el Congreso, es taxativa respecto de estos límites, que se van ajustando en forma anual. No se trata de una facultad discrecional de este organismo, que solo administra los tributos. De todos modos, la propia ley habilita al contribuyente que crea que ha sido mal excluido del régimen a presentar un descargo administrativo ante la propia AFIP. Y, en esa instancia, la persona tiene la posibilidad de presentar sus argumentos. En caso de que el contribuyente no esté de acuerdo con la respuesta de la AFIP, podría seguir la vía judicial correspondiente. Además, la AFIP tiene abiertos todos sus canales de atención para recibir los reclamos y consultas de los contribuyentes. Por otro lado, el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, expresó públicamente en varias oportunidades su apoyo a la sanción de una norma legislativa que permita suavizar el traspaso entre el monotributo y el régimen general", ampliaron.
Asimismo, aseguraron que "la AFIP se comunicó con la contribuyente, la asistió y le comentó los pasos correspondientes para atender su situación. Ella quedó muy agradecida por el contacto".