Finalmente no hubo delito en el  "Memorándum de Qatar"

Durante noviembre de 2016, algunos medios hablaban del  "Memorándum de Qatar” ya que la firma de este trajo aparejada una causa judicial. La causa fue iniciada contra Mauricio Macri y otros funcionarios.

Justicia30/06/2020
juez rafecas
Juez Rafecas

También figuran Gabriela Michetti, Susana Malcorra, Luis  María Blaquier, Horacio Reyser Travers, José  Ortíz  Amaya, Rossana  Cecilia Surballe, Tamin Bin Hamad Al Thani, Emir de Qatar; el Sheik Abdullah Bin Mohammed bin Saud Al Thani, Director Ejecutivo de “Qatar Investment Authority entre otros; y luego fue ampliada a Francisco Cabrera, Mario Quintana, Diego Nicolás Rosendi, Maria Juliana Awada, entre otros.

La causa  fue iniciada a raíz de una denuncia formulada por Fernando Míguez, a través de la “Fundación por la Paz y el Cambio Climático de Argentina”. La denuncia cuestionaba principalmente que el  Memorándum no había sido sometido a estudio por el Congreso Nacional y cuestionaba también  el porqué de una inversión conjunta entre la Argentina y Qatar, siendo que debería ser solo Qatar el país inversor. La ONG denunciante ya había realizado varias denuncias a funcionarios de Cambiemos que fueron siendo archivadas por la justicia.

El 28 de marzo de 2017 esta causa fue desestimada por el  titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 3, Dr. Daniel Rafecas por inexistencia de delito. Esto fue apelado por la fiscal Paloma Ochoa, pero la desestimación de la causa fue ratificada por la Sala I de la Cámara Federal. El juez Leopoldo Bruglia, ratificó esa  decisión, ya que “el hecho objeto de la denuncia no encuadra en ninguna hipótesis que sea penalmente relevante”.

La firma del “Memorándum de Entendimiento” no implicó perjuicio alguno para el erario público, ya que el mismo es únicamente un documento por el cual se reconoce que se están llevando a cabo conversaciones tendientes a concretar futuras y eventuales inversiones en el país, y que de por sí, no trae aparejadas obligaciones vinculantes al Estado Nacional, como sostuvo  el juez Rafecas en la Sentencia del Juzgado Nacional. El Juez ratifica además que el Memorándum no es más que un acuerdo bilateral no vinculante en el cual ambas partes han expresado que “están manteniendo conversaciones” destinadas a alentar una mayor y continua participación del Emirato de Qatar en inversiones en la Argentina, condicionadas al estricto cumplimiento de las normas internas aplicables. 

El Magistrado explicó además que, los eventuales acuerdos que puedan surgir en el futuro a partir de estas conversaciones, estarán sujetos, en todos los casos, a las respectivas aprobaciones legales internas de cada una de las Partes, y a la adecuación de sus cláusulas a la legislación (impositiva, comercial, etc.) vigente en el país, algo que está reconocido expresamente en al menos cuatro pasajes del citado Memorándum.

Todos los imputados por la causa (Mauricio Macri, Gabriela Michetti, Susana Malcorra, Luis  María  Blaquier, Horacio Reyser Travers, José  Ortíz  Amaya, Rossana  Cecilia Surballe, Tamin  Bin  Hamad Al Thani, Emir de Qatar; el Sheik Abdullah Bin Mohammed bin Saud Al Thani, Francisco Cabrera, Mario Quintana, Diego Nicolas Rosendi, Maria Juliana Awada, entre otros) fueron liberados de cualquier cargo, ya que como consta en el dictamen “no se vislumbra siquiera acto preparatorio alguno –aún cuando ello no sea punible- para la comisión de un ilícito penal, pues no se advierte, en el modo en el que fue plasmado el referido Memorándum, ni siquiera una posible puesta en peligro a bien jurídico alguno." La causa fue desestimada, cerrada y archivada.

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