Se extiende el plazo de reglamentación del Plan de Control de Derroche y Uso Racional de Agua

El mismo será desde el 1 de enero hasta el 30 de junio del 2014, según informó el Ente Regulador de Servicios Públicos.

Sociedad30/12/2013

En el marco de lo dispuesto por artículo 109 del Marco Regulatorio de Agua Potable donde se establece que la Prestadora podrá limitar el uso de agua potable entre las hora 8 y 22 de cada día, en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de cada año, el Ente Regulador decidió extender dicho plazo desde el 1 de enero hasta el 30 de junio del 2014.

El objetivo de dicha medida se centra en racionalizar el consumo de agua potable y controlar los derroches a los fines de lograr un uso adecuado de dicho recurso.

En esta oportunidad, la Resolución Nº 1477/13 señala que la ampliación del plazo no abarcará únicamente a los barrios que poseen incidencias estructurales del servicio, sino que comprenderá la totalidad de los sistemas de abastecimiento.

Es importante destacar que durante la aplicación del Programa de Control implementado desde junio hasta diciembre de 2013 se registraron 1265 multas por infracción al artículo 109 del Marco Regulatorio.

Se recuerda a la ciudadanía que en el Anexo 1 de la Resolución 1289/12 se encuentra toda la Reglamentación de dicha medida: Alcance, Objeto, Detección de Infracciones, Elaboración de Actas y registro de las mismas, Descargos de los usuarios, Plazos, Disconformidades, Facturación, etc.

Para mayor información ingresar a www.entereguladorsalta.gov.ar donde podrán acceder a través de la ventana “Normativa – Resoluciones” a las Resoluciones mencionadas en el presente parte.

Fuente: Parte de prensa

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