



Después de que trascienda que los monopatines fueron incluidos en el grupo 6 que fija la ordenanza tributaria, comprendido en los vehículos de dos ruedas, siendo equiparados con una moto de 400 a 100 cm3 de cilindrada, ahora salieron a aclarar que no están alcanzados por el impuesto.
La Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Salta (ARMSa) fue quien comunicó que los monopatines eléctricos o autopropulsados no están alcanzados por el Impuesto a la Radicación de Automotores en la ciudad de Salta. Sí lo están las motos eléctricas que se comenzaron a vender en la ciudad y cuya tenencia no estaba regulada en el Código Tributario Municipal.

Indicaron que se están inscribiendo a las motos eléctricas en los Registros Automotores y que se hizo la equivalencia de estos vehículos a las motos de menor cilindrada para que tributen como motocicleta y no como otro tipo de vehículo. Hasta ahora, el sistema tributario sólo contemplaba la medida de cilindradas para categorizar estos vehículos y no el voltaje de los mismos. Según esta medida de categorización, las motos eléctricas no estaban incluidas, y éstas desde hace poco tiempo se están ofreciendo en el mercado local.
La Resolución 11/2022 hace referencia a motovehículos eléctricos de hasta 4000 w de potencia, que se equipararon a las motos de menor cilindrada, a los fines del pago del Impuesto Automotor
La medida está amparada en la Resolución N 586/88 de la Secretaría de Justicia de la Nación, que específica los motovehículos eléctricos en equiparación a los demás vehículos, de acuerdo a las particularidades de cada transporte según corresponda.
La presencia del transporte eléctrico avanza en las ciudades más importantes del mundo, como respuesta al cuidado medioambiental y el abaratamiento de costos a mediano plazo. Esta nueva situación debe ser contemplada por los registros de gobierno, para favorecer, por ejemplo, la búsqueda e identificación de estos vehículos en caso de robos denunciados, gravámenes o la identificación de los titulares del dominio para el ejercicio de las responsabilidades civiles que conlleva su tenencia.






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