Licencia laboral por menstruación, un debate en España enciende los antecedentes locales

Sociedad 13/05/2022 InformateSalta InformateSalta
licencia menstrual

El gobierno español está contemplando la posibilidad de conceder licencias menstruales opcionales de 3 días, con posibilidad de extenderlas 2 días más en casos excepcionales. El proyecto contempla que es para situaciones donde a las mujeres se les dificulte asistir personalmente a sus oficinas por esta circunstancia. 

Pese a que de materializarse este proyecto España se convertiría en el primer país de la Unión Europea en contemplar estas cuestiones, el debate en torno a las licencias laborales por menstruación tiene antecedentes de hace más de 50 años. 

En lo que respecta a Argentina, en 1984, la Provincia de Buenos Aires sancionó la Ley 10174 que establece lo que se conoció como “Día femenino”. Mediante esta figura, el personal femenino podía gozar de un día de licencia al mes, con goce de haberes.

Actualmente, el Día Femenino no existe reglamentado y a nivel nacional sólo permanece en algunos Convenios Colectivos de Trabajo particulares. La cuestión es que por olvido u omisión hoy en nuestro país la mayoría de las mujeres trabajadoras no tienen este derecho.

Consultada al respecto, la ginecóloga, sexóloga y educadora sexual, Mónica Gelsi, recordó ante InformateSalta el antecedente del Día Femenino a nivel nacional y remarcó el cambio radical que hicieron las mujeres en su vida diaria. “Las mujeres de este nuevo milenio hacen miles de cosas, no se compara con la vida de nuestras madres que estaban criando hijos y en casa”, reconoce. 


“La menstruación no debería doler, pero hay patologías donde el dolor ya pasa a ser invalidante”


“La menstruación es parte de la vida de la mujer, el ciclo es algo natural. Ahora bien, hay mujeres que padecen problemas como la dismenorrea, donde el dolor menstrual es invalidante; pero esos dolores que no son normales”, detalló la doctora Gelsi. 

Más allá del debate y de la existencia o no de marcos legales que contemplen estos temas, no se debe perder de vista la salud reproductiva de las mujeres. Detrás del pedido de un amparo legal que permita a las mujeres no asistir a trabajar por dolores menstruales, se encuentra el bienestar de las pacientes. Ante esto, la recomendación siempre será la consulta con el profesional. 

“Es importante desde la menarca tener una consulta con un médico para generar un lazo con el profesional de la salud. La menstruación no tendría que ser invalidante, pero en caso de dolores, el médico es el más indicado para analizar cada caso en particular y recomendar analgésicos, antiespasmódicos o anticonceptivos orales anovulatorios según cada paciente: tiene que ser un tratamiento indicado, no autoadministrado”, explica Mónica Gelsi. 

Para finalizar, la ginecóloga y sexóloga salteña resaltó la importancia de que ningún trabajo le niegue a una mujer la posibilidad de ausentarse en caso de estar adolorida. “Quizás el modo no sea por ley, sino ante casos puntuales y comprobables. Como ley no es necesario porque es parte de nuestra esencia y es algo natural que no tendría por qué ocasionar invalidez laboral”, finaliza. 

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