Licencia de conducir sin vencimiento: ¿Qué pasará con las multas de tránsito?

Nacional30/04/2025
licencia de conducir

Dentro de las modificaciones que el Gobierno implementó en el funcionamiento de los Registros del Automotor, una de las que más confusión generó en los usuarios es la que permite transferir un automóvil o motocicleta usados sin tener la obligación de cancelar deudas de infracciones de tránsito.

Desde que se implementó esta medida, en 2024, hasta hace un mes, el hecho de que no fuera obligatorio pagar las multas para poder vender un vehículo sólo dejó de ser un obstáculo para la operación entre particulares. Sin embargo, la deuda no queda cancelada con la transferencia y sigue quedando como pendiente de pago a nombre del infractor original. No cancelarla era un impedimento para poder renovar su licencia de conducir.

En la reciente reforma de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, publicada en el decreto 196/2025 del pasado 18 de marzo, la Licencia Nacional de Conducir cambió su condición ya que ahora es digital y no tiene vencimiento, sino sólo una actualización del estado psicofísico que se realiza según la edad del titular.

Esta actualización de datos se deberá hacer cada 5 años para las personas entre 17 y 65 años de edad, cada 3 años para las personas entre 65 y 70 años de edad, y todos los años para los conductores de más de 70 años de edad. Sin embargo, en cualquiera de los casos, las infracciones de tránsito quedaron en una zona muy confusa para los usuarios.

“Al renovarse el estado psicofísico, lo que se está haciendo es una renovación del estado de la licencia habilitante, ya que se están modificando/actualizando los datos registrados de cada conductor. En esa instancia, si hubiera infracciones de tránsito impagas, el trámite no podrá completarse del mismo modo que ocurría anteriormente con las licencias físicas. El único cambio es el hecho de ser digitales”, explicaron desde el Gobierno.

“Como siempre se hace hincapié al hablar de estos temas, es importante recordar que las jurisdicciones, tanto provinciales como municipales, tienen la potestad de implementar su propia política en materia de tránsito y pueden adherir o no a la ley nacional. De modo tal que, lo que se haya modificado a nivel nacional, no necesariamente se puede aplicar en todo el país”, explicó el Fabián Pons, experto en Seguridad Vial y titular del Observatorio Vial Latinoamericano (Ovilam) a Infobae.

Últimas noticias
Te puede interesar
Lo más visto

Recibí en tu mail los títulos de cada día