


Debate por la reforma laboral: Bancos piden excluir a billeteras virtuales del cobro de sueldos
Economía08/02/2026
La Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (ABBAPRA) reiteró su rechazo a que las billeteras virtuales sean habilitadas para el cobro de sueldos, una posibilidad contemplada en el proyecto de reforma laboral que se debate en el Congreso de la Nación. La entidad advirtió que estas plataformas no cuentan con las mismas garantías que el sistema bancario y que su inclusión podría generar riesgos para los trabajadores.
A través de cartas enviadas a la senadora Patricia Bullrich y al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, ABBAPRA solicitó que se elimine del proyecto el artículo 35, que equipara las cuentas virtuales de pago (CVU) con las cuentas bancarias tradicionales (CBU) para la acreditación de haberes.
Según el planteo de la asociación, las billeteras virtuales no están sujetas a “un régimen regulatorio, prudencial y de supervisión equivalente al que rige para las entidades bancarias”, lo que, a su criterio, expone a los usuarios a mayores riesgos patrimoniales y de seguridad, publicó Ámbito.
En el documento, ABBAPRA sostuvo que, de aprobarse el artículo en cuestión, se generarían “claros e inmediatos efectos adversos” sobre la inversión, el empleo y el crecimiento económico. Además, alertó que el impacto negativo alcanzaría especialmente al financiamiento de las pymes, a los productores regionales, al comercio, a la vivienda y al consumo interno.
La entidad recordó que la legislación vigente establece que los salarios deben acreditarse en cuentas abiertas en entidades financieras. Aclaró que esta normativa “no responde a un rezago tecnológico”, sino a una decisión de política pública orientada a garantizar un estándar mínimo de seguridad jurídica y financiera para los trabajadores.
Entre los argumentos expuestos, ABBAPRA destacó que las cuentas bancarias cuentan con un sistema de “triple protección”, integrado por el Seguro de Depósitos (Sedesa), el estatuto de pasivo privilegiado sobre los activos de los bancos y un régimen de resolución especial. Según remarcaron, este esquema permitió que “ni un solo asalariado haya sufrido pérdidas o demoras en el cobro de sus haberes en las últimas tres décadas”.
Finalmente, la asociación advirtió que, si se mantiene el artículo 35 en la reforma laboral, la seguridad de los salarios quedaría subordinada a “modelos de negocios sin sustento regulatorio ni garantías de solvencia”, lo que consideraron un retroceso en la protección de los trabajadores.









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