Los puntos claves del nuevo régimen penal que debatirán los senadores nacionales

Nacional13/02/2026
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La Cámara de Diputados dio media sanción al nuevo régimen penal juvenil, una iniciativa que ahora será debatida en el Senado de la Nación Argentina y que propone reemplazar el esquema de minoridad vigente desde 1980. El proyecto, promovido por la ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich, obtuvo 149 votos afirmativos y 100 negativos, sin abstenciones, y fija como eje principal la reducción de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.

La reforma redefine las penas, los criterios de detención y el tratamiento procesal de adolescentes acusados de delitos, a partir de un sistema que combina sanciones alternativas, límites estrictos a la privación de libertad y nuevas garantías para las víctimas.

El texto establece una diferenciación según la gravedad del delito. Cuando el ilícito prevea hasta 3 años de prisión, o incluso hasta 10 años pero sin que haya implicado muerte, violencia física grave o delitos dolosos de especial gravedad, el juez deberá aplicar penas alternativas a la prisión.

Entre las opciones previstas se encuentran la amonestación, la prohibición de contacto con la víctima o su familia, la prohibición de concurrir a determinados lugares, la prohibición de salida del país, la prestación de servicios comunitarios y el monitoreo electrónico.

En cambio, la pena privativa de libertad quedará reservada exclusivamente para delitos graves o muy graves, como homicidios, robos con violencia, abusos sexuales o secuestros. El proyecto prohíbe expresamente la reclusión perpetua y la prisión perpetua para adolescentes.

Uno de los puntos centrales es el límite a la duración de las penas. El plazo máximo de prisión será de 15 años, incluso cuando la escala penal aplicable sea superior debido a la acumulación de varios hechos independientes. De esta manera, aun en concursos reales de delitos, ningún adolescente podrá recibir una condena que supere ese tope.

El régimen también incorpora un mecanismo de flexibilización. Si el adolescente cumple dos tercios de la condena y se verifican las condiciones previstas en el Código Penal para la libertad condicional, el tribunal podrá disponer que el resto de la pena se cumpla mediante sanciones alternativas a la prisión. Esto habilita la transición a modalidades como monitoreo electrónico o trabajo comunitario, bajo supervisión judicial.

La ley dispone que los adolescentes condenados deberán ser alojados en institutos especializados, con personal capacitado en infancia y adolescencia. Se establece de manera categórica la prohibición de convivencia con personas mayores de edad. Además, los centros deberán garantizar derecho a la educación, atención médica y tratamiento para adicciones cuando corresponda.

Para infracciones leves, se habilita la suspensión del proceso a prueba y la mediación penal juvenil, siempre con intervención obligatoria de todas las partes y consentimiento expreso de la víctima.

La reforma también incorpora un reconocimiento explícito de los derechos de las víctimas, quienes podrán ser informadas, ser escuchadas, contar con patrocinio jurídico, recibir asistencia psicológica y participar en instancias restaurativas.

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