Defensa del Consumidor asegura que el pago extra en la factura de gas es ilegal
El representante del organismo, Carlos Morello, se refirió al el cargo extra a pagar en 24 cuotas para compensar a las compañías distribuidoras de gas domiciliario por la suba del gas. “Hemos pagado todas las facturas de gas, se ha extinguido esa obligación”, manifestó.
La polémica y el malestar en los consumidores estallaron luego de que el Gobierno oficializara los nuevos aumentos del gas y el cargo extra a pagar en 24 cuotas para compensar a las compañías del sector por el salto del tipo de cambio. Sin embargo, ya fueron difundidos modelos de escritos para presentar ante las distribuidoras del servicio y disputar el cobro de esos montos.
Desde Defensa del Consumidor, Carlos Morello manifestó: “Nos parece una situación muy compleja que pone en situación de vulnerabilidad a los consumidores, ya estamos analizando la denuncia penal que se le realizó al ministro por violar leyes”.
Si bien, la gerente comercial de GASNOR, Alicia Heredia, manifestó que el cobro extra está avalado por ley, Morello sostuvo que “hay un principio fundamental del derecho, que está plasmado en el Código Civil y comercial de nuestro país, donde el pago extingue la obligación. Hemos pagado todas las facturas de gas, se ha extinguido esa obligación, pero ahora aparece el Gobierno Nacional y nos dicen que el pago que hicimos de las facturas no extinguió la obligación y hay un plus que debemos pagar”.
El representante de los consumidores señaló que ya hay una denuncia penal de parte de un fiscal y se presentaron cientos de amparos en las provincias, también hay proyectos en el Congreso de la Nación para frenar este aumento.
“Es una cuestión política que proviene de una decisión equivocada, desde el punto de vista legal y desde lo político ya que estamos viviendo una situación económica muy difícil. La empresa lo que pretende es que le paguemos una compensación por devaluación, pero el bolsillo de la gente también se ha devaluado”, expresó.
De acuerdo a lo explicado por Morello, al estar pagadas las facturas anteriores, queda extinguida la obligación de pagar la tarifa de ese período, artículo 880 del Código Civil y Comercial. Por ende, la medida también viola el principio de irretroactividad (art. 7 del Código Civil y Comercial).