Justicia18/10/2018

Ordenan al programa ex PROFE a cubrir un tratamiento oncológico en su totalidad

La solicitante es una mujer que fue diagnosticada con cáncer y le ordenaron un tratamiento específico. La obra social se negó a reconocer parte del tratamiento, poniendo en riesgo su vida.

El juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, Sebastián Fucho ordenó al Programa Federal Incluir Salud M.S.P. (Ex PROFE), autorizar y cubrir económicamente todos los gastos, en un ciento por ciento, del tratamiento contra el cáncer indicado a una paciente.

El juez Fucho hizo lugar a una acción de amparo interpuesta por una mujer, quien pidió la cobertura total del tratamiento de quimioterapia, dividido en tres etapas. El tratamiento fue pedido con carácter de urgente por el Hospital Materno Infantil, donde fue operada  por segunda vez, después de haber sido derivada a partir de la primera cirugía practicada en el hospital de Metán.



En Salta, le indicaron un tratamiento específico para su patología, que consta de tres etapas: primera quimioterapia; segunda radioterapia y trastuzumab (anticuerpo monoclonal humanizado).

Una vez concluida la primera etapa, el 25 de julio pasado, le indicaron la continuación de la segunda etapa. La paciente reunió todos los requisitos exigidos por el Programa Incluir Salud para cubrir la radioterapia, pero el 28 de agosto pasado le respondieron que “el programa no brinda la práctica solicitada”. Después de muchos viajes a Salta para insistir, la mujer decidió interponer el amparo, porque “la demora en el tratamiento podría resultar perjudicial”.

En el fallo, Fucho afirmó que “…la Presidencia de la Nación, y el Ministerio de Salud de la Nación han sido claros en sus cuerpos legales de imponer a las obras sociales y empresas de medicina prepaga la cobertura integral de los tratamientos, pero en épocas en los que priman los balances económicos de las prestatarias, obstaculizan el normal desarrollo de las prácticas médicas haciendo caso omiso a la normativa vigente”.