Legislativa28/08/2023

Proponen que empresas con obras sin concluir no accedan a nuevas licitaciones

El senador por Cafayate, Sergio Saldaño, presentó un por la Mesa de Entradas de la cámara alta en el que busca limitar que empresas con obras sin concluir accedan a nuevas licitaciones.

Exactamente pide la modificación a la Ley 8.072 que regula el Sistema de Contrataciones de la Provincia, agregando un inciso al artículo 32. Este establece las personas no habilitadas para ofertar y contratar son:

  • a) Los suspendidos o inhabilitados en el Registro General de Contratistas y sus cónyuges mientras dure la sanción.
  • b) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.
  • c) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.

El agregado plantea un límite para las empresas que acceden a la concesión de parte del estado provincial para la ejecución de obra pública, prohibiendo que las firmas que no concluyan con las obras puedan presentarse a nuevas licitaciones públicas.

Según explicó su autor, con esto tratará de generar que el desarrollo de obras en la provincia sea de manera más eficiente. En ese sentido señaló a Nuevo Diario, que busca limitar una práctica de las empresas constructoras, que suelen dejar de lado con el cumplimiento de la culminación de obras estatales, para acceder a otras licitaciones.

El proyecto debía trabajarse en la Comisión de Obras Públicas del Senado, pero a pedido de otros legisladores se incorporará para su análisis en la Comisión de Legislación General y en la Comisión de Hacienda y Presupuesto.

Una mirada al asunto

Por su parte, el presidente de la Cámara de la Construcción de Salta, Juan Carlos Segura, dialogó con InformateSalta y sostuvo que esto ya existe. “Por ley, uno tiene un contrato rescindido, y si no es por muto acuerdo, ya no se puede presentar a otra obra”, indicó al iniciar.

“El pliego de condiciones de todas las obras te dice que si vos tenés contratos sin cumplir y rescindidos unilateralmente, no te podés presentar a ninguna otra obra pública. Es decir que ya hay un precedente y me parece bien, que es lo correcto”, añadió.


“Por lo general los casos de restricción con el estado Nacional y Provincial son de mutuo acuerdo”


Sobre las demoras producidas en algunas obras, contó que cada empresa va acomodando el plan de trabajo a medida que la obra va pidiendo. “Cada una de ellas tiene su propia vicisitud, así que a medida que van avanzando los plazos de obra”.

“Por ahí se van modificando y se produce las demoras del caso, como, por ejemplo, por las lluvias, cuando hay que trabajar al aire libre. O ahora con el tema de la devaluación y falta de materiales, o en aquel momento la falta de gasoil”, dijo Segura.