El senador por Cafayate, Sergio Saldaño, presentó un por la Mesa de Entradas de la cámara alta en el que busca limitar que empresas con obras sin concluir accedan a nuevas licitaciones.
Exactamente pide la modificación a la Ley 8.072 que regula el Sistema de Contrataciones de la Provincia, agregando un inciso al artículo 32. Este establece las personas no habilitadas para ofertar y contratar son:
- a) Los suspendidos o inhabilitados en el Registro General de Contratistas y sus cónyuges mientras dure la sanción.
- b) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.
- c) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
El agregado plantea un límite para las empresas que acceden a la concesión de parte del estado provincial para la ejecución de obra pública, prohibiendo que las firmas que no concluyan con las obras puedan presentarse a nuevas licitaciones públicas.
Según explicó su autor, con esto tratará de generar que el desarrollo de obras en la provincia sea de manera más eficiente. En ese sentido señaló a Nuevo Diario, que busca limitar una práctica de las empresas constructoras, que suelen dejar de lado con el cumplimiento de la culminación de obras estatales, para acceder a otras licitaciones.
El proyecto debía trabajarse en la Comisión de Obras Públicas del Senado, pero a pedido de otros legisladores se incorporará para su análisis en la Comisión de Legislación General y en la Comisión de Hacienda y Presupuesto.
Una mirada al asunto
Por su parte, el presidente de la Cámara de la Construcción de Salta, Juan Carlos Segura, dialogó con InformateSalta y sostuvo que esto ya existe. “Por ley, uno tiene un contrato rescindido, y si no es por muto acuerdo, ya no se puede presentar a otra obra”, indicó al iniciar.
“El pliego de condiciones de todas las obras te dice que si vos tenés contratos sin cumplir y rescindidos unilateralmente, no te podés presentar a ninguna otra obra pública. Es decir que ya hay un precedente y me parece bien, que es lo correcto”, añadió.
“Por lo general los casos de restricción con el estado Nacional y Provincial son de mutuo acuerdo”
Sobre las demoras producidas en algunas obras, contó que cada empresa va acomodando el plan de trabajo a medida que la obra va pidiendo. “Cada una de ellas tiene su propia vicisitud, así que a medida que van avanzando los plazos de obra”.
“Por ahí se van modificando y se produce las demoras del caso, como, por ejemplo, por las lluvias, cuando hay que trabajar al aire libre. O ahora con el tema de la devaluación y falta de materiales, o en aquel momento la falta de gasoil”, dijo Segura.