La Justicia absolvió a Carlos Menem en la causa por el tráfico de armas

La Cámara de Casación consideró que se incumplió el "plazo razonable" para la realización de un juicio. La causa se inició en 1995 y lleva 23 años de recorrido judicial.

Nacional 04/10/2018

La Cámara Federal de Casación Penal absolvió a Carlos Menem en el marco de la causa por el tráfico de armas a Ecuador y Croacia, el expediente que se inició en 1995, lleva 23 años de recorrido judicial, y por el cual el ex presidente y actual senador tiene una condena a siete años de prisión.

Por mayoría, la sala del tribunal de alzada -integrada por Liliana Catucci, Carlos Mahiques y Eduardo Riggi- no se cumplió el "principio del plazo razonable" para arribar a una condena firme y determinar si Menem y otros 10 imputados son culpables o inocentes por el contrabando de 6.500 toneladas de armas.

Según pudo saber Infobae, la jueza Catucci entendió que el contrabando no existió y que los plazos estaban vencidos, mientras que -sin analizar la existencia o no del delito- Riggi hizo hincapié en que se habían extralimitado todos los tiempos lógicos para dar respuesta a una investigación penal.

Mahiques, por su parte, se inclinó por condenar la pena de los implicados, salvo a Menem y al ex director de Fabricaciones Militares Jorge Antonio Cornejo Torino, por entender que no se encontraron elementos probatorios subjetivos que indiquen que sabían de los delitos que se estaban cometiendo.

Menem


 
En junio de 2017, la Sala I de la Cámara de Casación integrada por los jueces Ana María Figueroa, Ángela Ledesma y Juan Carlos Gemignani confirmó una condena de 7 años de prisión contra Menem. Contra ese fallo, la defensa del ex mandatario interpuso un recurso ante la Corte Suprema de Justicia que consideró que no se había cumplido con el doble conforme exigido por la Convención Americana de Derechos Humanos conocida como Pacto de San José de Costa Rica.

El máximo tribunal revocó la sentencia y ordenó que vuelva a la Casación por entender que no se había cumplido con el doble conforme. Esta es una garantía que tiene el imputado para que ante un eventual fallo condenatorio esa sentencia sea revisada.


 
En el caso de Menem había sido absuelto por un tribunal oral y luego condenado por la Cámara de Casación, fallo que no había sido revisado ampliamente tal como lo establece la Convención Americana de Derechos Humanos, tratado que tiene jerarquía constitucional. Es por ese motivo que la Corte resolvió que la causa volviera a la Casación para su revisión. En ese momento, ordenó revisar el fallo condenatorio "en el menor término posible" dada la "trascendencia institucional de esta causa" y su prolongado trámite procesal.

Como Menem es funcionario desde 1995, hasta la fecha no se puede aplicar la prescripción de la causa por el vencimiento del derecho del Estado a perseguirlo judicialmente. Cuando hay un funcionario en una causa no se puede aplicar la prescripción.

La causa por el tráfico de armas se inició en 1995. Durante su primer mandato, Menem firmó tres decretos presidenciales secretos -entre 1991 y 1994– para venderle armas a Panamá y Venezuela. Fueron 6.500 kilos de armamento que en realidad tuvieron como destino final Croacia y Ecuador, dos países sobre los que regía un embargo de venta de armas por parte de la Organización de Naciones Unidas (ONU) porque estaban en conflicto bélico.

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